El juzgado de primera instancia 25 de Sevilla ha desestimado, "porque no se ajusta a los requisitos legales", la solicitud de una mujer de utilizar el esperma extraído de su marido muerto en accidente de tráfico para tener un hijo mediante inseminación artificial.

Según han informado a Efe fuentes judiciales, el juez desestima la petición de la mujer para que se le extrajera semen a su marido, operación que se realizó antes de que pasaran 24 horas desde el fallecimiento, plazo imprescindible para que los espermatozoides pudiera usarse.

Concretamente, un especialista en urología extrajo esperma del cadáver, y quedó pendiente de la decisión del juez.

El juzgado autorizó la operación de extracción de "espermatozoides testiculares" del hombre, que murió a finales del 2014, y ordenó su conservación en un lugar especializado y congelado en nitrógeno a 196 grados bajo cero a la espera de que pudieran utilizarse.

Ahora, el juez ha interpretado la Ley de Reproducción Humana Asistida, que en España sólo conocen cuatro casos similares pero no idénticos y todos ellos negativos a la petición de las mujeres.

El artículo 9 de la ley indica que el hombre tendría que haber dado autorización expresa para usar su semen en caso de muerte, lo que podría demostrarse si la mujer hubiera estado sometida a un régimen de inseminación artificial.

De haberse autorizado, el hijo habría podido tener consideración "patrimonial", es decir, que sería inscrito como descendiente de su padre muerto y de su madre, según fuentes judiciales.