Un juzgado de lo Contencioso de Santiago de Compostela ha condenado al Servizo Galego de Saúde (Sergas) a que indemnice a una mujer de 45 años vecina de Vilagarcía de Arousa por los daños generados en el nervio pudendo tras un parto en el año 2001 en el Complexo Hospitalario de Pontevedra (CHOP).

Así lo informó ayer la Asociación El Defensor del Paciente, a través de cuyos servicios jurídicos presentó una reclamación al Sergas a finales del año 2010 por los hechos ocurridos en el parto y postparto en 2001, que fue desestimada.

Posteriormente, según indicó la asociación, se presentó otra demanda judicial a través del abogado Cipriano Castreje de El Defensor del Paciente, tras la que se produce esta sentencia a favor de la denunciante que, no obstante, no es firme.

La sentencia, según destacó la asociación, señala que "no consta historia clínica del embarazo y parto, ni de los hechos posteriores al parto". "Tampoco consta como fue la cirugía de un hematoma vaginal que obligó a la paciente a permanecer ingresada en el CHOP varias semanas y faltan datos tan importantes como el partograma y la hoja de cirugía de un hematoma que la paciente padeció tras el mismo y del que fue intervenida", destaca.

Asimismo, añadió que "no sólo faltan estos datos, sino que tampoco hubo consentimiento informado para el trabajo de parto". La sentencia subraya, según indicó la asociación, que "no consta acreditada la existencia de información válida, con los requisitos exigibles, carga probatoria que corresponde a la Administración, y en este caso no se ha cumplimentado debidamente, siendo que ha existido complicación y lesión, de manera que la falta de consentimiento informado constituye un daño moral que debe de ser indemnizado".

"Debe de añadirse la cuestión planteada por la parte actora relativa a la no constancia de parte de la historia clínica y, en concreto, el partograma y la hoja quirúrgica de la cirugía del hematoma", abunda la sentencia.