Familiares y asociaciones que trabajan en el ámbito de la discapacidad han presentado un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional para reclamar que se restablezca la posibilidad de votar a una joven gallega con síndrome de Down, un derecho que le fue retirado durante el proceso emprendido por sus padres para solicitar una "incapacitación parcial".

El presidente de la Fundación Down Compostela, Juan Martínez, compareció ayer junto a la abogada de la familia, Lourdes González, para expresar el apoyo al caso tanto de esta entidad como de la Federación Down España y del Cermi estatal. Después de que el Tribunal Supremo haya fallado en contra de la reclamación de los padres de Mara G.C., sus letrados pedirán el amparo del Constitucional y, si no se reconoce su derecho, no descartan apelar a Estrasburgo.

Tal y como explicó Martínez, Mara G.C. es una joven con síndrome de Down del entorno de Santiago de Compostela que cuenta a día de hoy con 19 años. Hace dos años, antes de su mayoría de edad, sus padres solicitaron la "incapacitación parcial" de la joven para orientarla en cuestiones de índole económico, aunque reclamaron que se le "respetasen sus derechos personalísimos", entre ellos el de votar, dado que había expresado su deseo de ejercer este derecho.

Juan Martínez criticó, no obstante, que la Ley Electoral imponga a los tribunales que deciden sobre este tipo de incapacitaciones que se pronuncien "expresamente" sobre la capacidad de votar de las personas que protagonizan el proceso, aún cuando este supuesto no sea objeto de análisis.

Examen sobre política

La joven fue sometida a un examen sobre conocimiento político que, aunque Fiscalía consideró que respondió "acertadamente" teniendo en cuenta "su edad", fue utilizado por el juzgado de primera instancia para retirarle su derecho al voto. Para Juan Martínez, el requisito de examen que establece la ley electoral "va en contra de la Constitución" y de los tratados internacionales que preservan el derecho al sufragio de todas las personas.

Asimismo, establece un parámetro de "discriminación", dado que sólo se le aplica a aquellas personas objeto de un proceso de incapacitación, aunque sea parcial, y no al resto de personas con discapacidad "ni al conjunto de la población".

La letrada de la familia criticó que la denegación de este derecho se base en un examen "al que no se somete al resto de los jóvenes" y en la posibilidad de que la joven vaya a ser influenciada. "Hasta hace poco, a las mujeres tampoco se les permitía votar con ese argumento", dijo la abogada, tras lo cual reiteró el deseo de Mara de ejercer su derecho.

La reclamación de la familia ha sido rechazada en primera instancia, en la Audiencia Provincial y por el Tribunal Supremo, que ha "perdido una oportunidad histórica" de fallar a favor de los derechos de las personas con síndrome de Down, tañ y como señaló Juan Martínez, quien destacó que esta será la primera vez que un caso de este tipo llegue al Tribunal Constitucional.

Las asociaciones y la familia de la joven compostelana confían en que el Constitucional les dé la razón y cree "jurisprudencia" en este tipo de casos, tras lo que auguran una "avalancha de solicitudes" en esta línea.

El presidente de Down Compostela recordó que en el año 2013 el Comité de los Derechos de las Personas con Discapacidad dio "un tirón de orejas al Gobierno español" por la interpretación que hace la ley electoral de este requisito. España deberá someterse el próximo año a otro examen de este comité, en el que se hará "especial hincapié" en esta cuestión, todavía por resolver.