El Tribunal Supremo ha avalado la normativa que obliga a las televisiones de ámbito nacional a destinar el cinco por ciento de sus ingresos de explotación a financiar cine español y europeo, desestimando así el recurso presentado por la Unión de Televisiones Comerciales Asociadas (Uteca) en el cual pedían la nulidad de la misma.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal respalda el Real Decreto 1652/2004 de 9 de julio por el que se aprueba el Reglamento que regula la inversión obligatoria para la financiación anticipada de largometrajes y cortometrajes cinematográficos y películas para televisión. En concreto, se establece que los canales en cuya programación se incluyan largometrajes de producción con una antigüedad menor a siete años desde su fecha de producción, deberán destinar, como mínimo, el 5%.