Estar bien física y mentalmente es clave para los cuidadores de dependientes. La sobrecarga de trabajo o no contar con tiempo para uno mismo acaban por hacer mella y si se resiente el cuidador, baja la calidad de atención que recibe la persona con algún grado de dependencia. Por ello, la Xunta cuenta desde hace años con el programa Respiro familiar, una iniciativa que permite a los cuidadores de dependientes o personas con discapacidad "tomarse unos días de descanso, mantener su vida social y ocio o resolver cualquier situación de emergencia" mientras que la persona de la que se encargan el resto del año se instala de forma temporal -quince días o un fin de semana- en un centro residencial. Cada año son más los gallegos que solicitan plaza en los 64 centros que permiten estas estancias temporales: si durante 2013 hubo 567 dependientes gallegos que se beneficiaron de este programa, sólo en lo que va de año ya han sido 518 (355 en estancias quincenales y 163 de fin de semana), según informa la Consellería de Política Social.

El programa de la Xunta va dirigido a mayores de 16 años que tengan reconocida alguna discapacidad o dependencia de grado II y III o aquellas personas que aunque no cumplan estos requisitos precisen de la atención contínua de un cuidador -debe figurar en un informe médico o social- y que residan en la comunidad gallega, no tengan enfermedades en estado agudo o terminal, ni patologías infecto-contagiosas así como trastornos mentales o de conducta que puedan alterar la convivencia. Aquellas personas que cumplan con estos requisitos pueden solicitar plaza en alguno de los 64 centros que forman parte del programa. Pontevedra es la provincia con mayor número de residencias (22), seguida de A Coruña (20), Ourense (14) y Lugo (ocho). En la ciudad de A Coruña participan los centros de A Milagrosa y Fogar Residencial y también otras entidades de Culleredo , Oleiros o Carballo, entre otros.

Los periodos de descanso del cuidador o de tiempo libre para resolver cualquier emergencia o problema que surjan pueden ser de dos semanas o fin de semana. En el primer caso, la estancia del dependiente en un centro será de un máximo de 15 días y 14 noches, según informa Política Social en su web, donde explican que solo en el caso de que "el dependiente tenga reconocida la libranza del cuidador del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia" podrá alargar la estancia siempre hasta "un máximo de 45 días al año siempre y cuando no disponga ya de la compatibilidad del respiro con otro recurso". Y si lo que se prefiere es un fin de semana, la estancia del dependiente en una residencia se limitará de las 19.00 horas del viernes a la misma hora del domingo. Para conseguir que un gran número de usuarios puedan beneficiarse del programa Respiro Familiar, quienes hayan solicitado plaza para un fin de semana, no podrán volver a hacerlo hasta los dos meses y siempre que "concurran circunstancias excepcionales debidamente acreditadas".

Unos y otros reciben una completa atención en el centro. La estancia incluye alojamiento y manutención completa en habitaciones dobles, adecuadas a las necesidades y limitaciones de los beneficiarios. Los dependientes contarán con un menú personalizado bajo supervisión médica así como atención integral (desde cuidados personales hasta protección o control) y atención médica, psicológica y social, en función de lo que tenga pautado por los especialistas.

El precio que los usuarios pagan por estas estancias varía en función de sus ingresos. El coste total es de 791 euros por las dos semanas y de 124 por fin de semana, de los que los dependientes con ingresos inferiores al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem) abonarán solo el 40%, quienes superen este indicador, pero no alcancen los mil euros pagarán el 55% del coste final de la estancia; un 75% quienes tengan ingresos de entre mil y 2.000 euros y el 90% quienes superen esos ingresos al mes.

Las solicitudes deben presentarse en las jefaturas territoriales de la Consellería de Política Social al menos un mes antes de la fecha en la que se desea la estancia. Se precisa una copia compulsada del DNI y la última declaración de la renta en quienes tienen acreditado algún grado de dependencia.