El Tribunal Supremo rechazó ayer los recursos de la pareja valenciana que tenía en régimen de preadopción a un niño de 4 años y que tuvo que ser entregado a su madre biológica, María José Abeng, en Oviedo, en un auto que mantendrá al menor en manos de su progenitora porque hace firme el fallo en ese sentido de la Audiencia de Asturias.

El tribunal asturiano resolvió que la entrega del menor a la madre biológica debía producirse "de forma inmediata sin que la posible interposición de recursos suspenda la eficacia de esta medida". El Supremo ha avalado dicho fallo.

Aquella sentencia de la Audiencia de Oviedo, que ya fue avalada también por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias, reconocía que la madre biológica, tal y como ella había pedido, "no se encontraba incursa en ninguna causa de privación de patria potestad". Así pues, es necesario su asentimiento para la adopción y, como no lo ha dado, el niños debe ser entregada a la madre biológica, continuaba la sentencia.

Lo que ahora ha hecho el Supremo ha sido no admitir a trámite los recursos extraordinarios por infracción procesal y de casación interpuestos por el Ministerio Fiscal, por la Consejería de Servicios y Derechos Sociales del Principado de Asturias y por los padres pre-adoptivos, Alberto Bordes Folgado y Noelia Asunción Estornell.

El auto del Supremo no se pronuncia sobre el fondo del asunto, ya que el Tribunal Supremo reitera su constante jurisprudencia de que contra las resoluciones sobre esta materia no caben recursos extraordinarios ante el Tribunal Supremo.

La madre biológica aseguró en todo momento que nunca quiso dar en adopción al pequeño y que lleva años luchando por recuperarlo. La joven se quedó embarazada con 14 años cuando vivía en un centro de menores.