Una juez de instrucción eximió de culpabilidad al servicio de ambulancias que tardó hora y media en atender a una mujer que convulsionaba en A Coruña y que había dado a luz cuatro días antes. La querellante, que estuvo casi dos semanas en coma, exigía a la magistrada que citase a declarar a los conductores, a los técnicos y a los facultativos que iban en los dos vehículos que el 19 de abril de 2014 se desplazaron hasta su vivienda para prestarle asistencia. El abogado que ejerce la acusación particular subraya que la familia de la afectada, que era obesa, solicitó expresamente que enviasen un vehículo medicalizado. La primera ambulancia que llegó, 45 minutos después de la llamada, no contaba con el material médico requerido, por lo que el facultativo exigió el envío de otro vehículo sanitario, que tardó otros 45 minutos.

La instructora citó a declarar en calidad de investigada -figura judicial que sustituye a la de imputado- a la ginecóloga que firmó el alta de la mujer el 18 de abril de 2014 por no haber continuado con el tratamiento para prevenir la formación de coágulos de sangre. La denunciante había dado a luz, por cesárea, el día 15. El 19, un día después de ser dada de alta, comenzó a convulsionar. "Fue una grave negligencia porque sufría hipertensión, lo que automáticamente conlleva que el embarazo sea considerado de alto riesgo", argumenta la perjudicada. La causa contra la ginecóloga, que está asistida por el letrado Diego Reboredo, fue archivada, pero la denunciante recurrió y la juez accedió a tomarle declaración como investigada. Tanto el informe del Ministerio fiscal como el forense son favorables a la doctora.

"Como consecuencia de dichas negligencias sufrió unas graves dolencias que podrían haber sido evitadas y que, tras casi dos semanas en coma, le causaron unas importantes secuelas, agravadas por el mal funcionamiento del servicio de ambulancias", recalca la acusación. La magistrada del Juzgado de Instrucción número 8 de A Coruña eximió de culpa a la ambulancia. "La tardanza o no de las ambulancias y si estaban o no debidamente equipadas es algo que, en principio, queda fuera del ámbito penal, y de ahí que no se acceda a la petición de las declaraciones testificales de las personas que iban en las ambulancias", indicó la magistrada en un auto, en el que señala que solicitará al Centro de Emergencias de Galicia un informe sobre la hora de llamada y llegada de la paciente al Complexo Hospitalario Universitario de A Coruña (Chuac).