Los medios de comunicación piden una regulación clara sobre el uso que pueden dar a las fotografías difundidas a través de las redes sociales, una misma vara de medir para los soportes tradicionales e internet y que prevalezca el derecho a la información. Estas son algunas de las reflexiones que prestigiosos juristas y representantes de los medios hicieron ayer en una jornada sobre El conflicto entre el derecho a la información y otros derechos fundamentales, organizada por Wolters Kluwer y Prensa Ibérica en la Universidad Camilo José Cela de Madrid.

En la presentación de la jornada, la presidenta de Wolters Kluwer España, Rosalina Díaz, hizo precisamente alusión a las imágenes procedentes de las redes sociales que se usan para ilustrar casos de desapariciones, mientras que la consejera directora de Profesores-Rectorado de la Camilo José Cela, Sonsoles Escribano, defendió que hay que ser capaces de enfrentarse a retos "en comunicación, compromiso y desarrollo" e hizo un llamamiento a "humanizar la sociedad", en la que abogados, periodistas y ciudadanos deben ser conscientes de su papel.

La directora general del Gabinete de Presidencia de Prensa Ibérica, Irene Lanzaco, lamentó "la limitación del derecho a la información por parte de los tribunales", así como lo que ocurre cuando "las redes sociales informan de hechos falsos y nadie toma cartas en el asunto", como ocurrió en la última semana de la campaña electoral en Estados Unidos, "donde había más noticias falsas que ciertas, lo que lleva a la reflexión y a la necesidad de proteger a los ciudadanos de recibir ciertas informaciones". Lanzaco añadió que "el derecho a la información defiende a los ciudadanos, porque sólo ciudadanos informados pueden ser ciudadanos libres".

La polémica sentencia

Las reflexiones en torno a las imágenes de las redes sociales respondían a la sentencia del Tribunal Supremo que el 20 de febrero condenó a La Opinión de Zamora, de Prensa Ibérica, grupo al que pertenece este diario, a indemnizar con 15.000 euros a un hombre del que se publicó su foto obtenida de Facebook para ilustrar una información de que esta persona había sido herida por su hermano con una escopeta. Además, el Supremo condenó a este diario a no volver a publicar la imagen y a retirarla de su archivo. En cualquier caso, la resolución judicial reconoce que la información publicada por La Opinión de Zamora fue veraz y ponderada, pero que prevalece el derecho a la propia imagen frente al derecho a la información. Prensa Ibérica ha presentado un recurso de casación ante el Tribunal Constitucional.

La sentencia sostiene que la fotografía -publicada en Facebook en abierto, y por tanto al alcance de sus 1.800 millones de usuarios- no puede ser utilizada por los medios de comunicación "tradicionales" al considerar el Supremo que el usuario no ha otorgado su consentimiento previo. Y ello a pesar de que el punto 4 de las condiciones que se aceptan al ingresar en Facebook recoge explícitamente: "Cuando publicas contenido o información con la configuración 'Público', significa que permites que todos, incluidas las personas que son ajenas a Facebook, accedan y usen dicha información y la asocien a ti (por ejemplo, tu nombre y foto del perfil)".

Ya en el debate, María Peral, directora adjunta de El Español, señaló que los periodistas "no sabemos a qué atenernos ni hasta dónde podemos llegar" y denunció las cada vez mayores restricciones al derecho a la información. Puso como ejemplo la política de protección de datos que lleva a "convertir en anónimos a los protagonistas de las sentencias, lo que de facto provoca la desaparición del principio de publicidad de las resoluciones judiciales e impone una restricción injustificada al trabajo de los periodistas". María Peral añadió en su intervención: "Si se hubiesen 'anonimizado' los nombres del juicio de Nuremberg no hubiéramos conocido la condena de Goering".

El catedrático de Derecho Procesal Nicolás González Cuéllar coincidió con la periodista en la necesidad de revisar la "anonimación" de las sentencias y, al tiempo, resaltó el riesgo que corren los medios de comunicación al publicar noticias relacionadas con sumarios declarados secretos.

Para Cuéllar, "la doctrina jurídica sobre el derecho a la intimidad es clara, pero se cae en el casuismo al emitir sentencias, por lo que es muy difícil preverlas". El catedrático fue crítico con la denominada "información de tribunales" porque "el tratamiento en la prensa suele ser más gravoso para el investigado que la propia pena".

El catedrático de Derecho José Manuel Otero-Lastres apuntó que "contextualizar la noticia con la foto de uno de los interesados es lo normal", dada la naturaleza propia del periodismo, y mostró abiertamente su opinión al afirmar que "daría primacía al derecho general a la información sobre el derecho particular" aunque no se hubiera dado el consentimiento explícito a la publicación de la foto fuera del entorno de Facebook.

Isidoro Nicieza, director general de Contenidos de Prensa Ibérica, que moderó el debate, planteó la dicotomía que supone que redes como Facebook, con 1.800 millones de usuarios en todo el mundo, "no se consideren a sí mismas medios de comunicación", mientras que las regulaciones "sólo afectan a los medios de comunicación tradicionales".

Juan Cruz, director adjunto de El País, opinó que la información gráfica es tan información como la escrita y que no puede el ejercicio del periodismo depender de que se autorice o no la publicación de una imagen. Cruz apuntó que "asomarse a Facebook presupone ya cierto afán de notoriedad".

El abogado Pablo Fernández Burgueño consideró "habitual y legítimo" la confrontación de datos de internet a la hora de, por ejemplo, seleccionar personal y apuntó que existen medios técnicos para que desaparezcan entradas de la red mediante el uso de metadatos.

Iñaki Gil, director adjunto de El Mundo, que cerró el debate, exhibió la celebérrima fotografía de la niña corriendo desnuda tras quedar abrasada por el napalm en Vietnam para poner de relieve el valor del material gráfico y la imposibilidad de realizar trabajos periodísticos como éste pidiendo permiso. Gil cuestionó que pueda exigirse a un periodista o a un medio "el consentimiento explícito del fotografiado" a la hora de publicar una imagen como ésta, que pese a no haber sido autorizada pertenece a la simbología colectiva.