La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña ha estimado el recurso presentado por los acusados en el caso de la Fundación Cela, entre ellos la viuda del escritor, Marina Castaño, por lo que finalmente el caso no se juzgará con jurado popular, como se había decretado el paso mes de junio.

En esa fecha, el Juzgado número 2 de Padrón dictó un auto en el que decretaba la apertura de juicio oral para juzgar el abono de una indemnización de 150.000 euros por el despido en el año 2010 del director gerente de la Fundación Camilo José Cela de Iria Flavia, por el que están acusados el propio exgerente, la que entonces era la presidenta de la fundación y viuda del escritor, Marina Castaño; el expatrono y otrora miembro del Consello de Contas Dositeo Rodríguez, y su hija Covandonga Rodríguez.

Sin embargo, la Audiencia coruñesa reveló ayer su decisión de declarar "la incompetencia del Tribunal del Jurado para enjuiciar esta causa". La Audiencia entiende que esta causa "ha de ser juzgada por los magistrados de la propia sección, ya que a los investigados se les acusa de una malversación impropia, aquella que puede haber sido cometida por personas que no tienen la condición de funcionarios públicos, y, por lo tanto, no sería competencia de la Ley del Jurado".

De este modo, y una vez decretada ya la apertura de juicio oral, basta "con acordar esa acomodación y ordenar la remisión de la causa a la Audiencia Provincial, órgano competente para el enjuiciamiento al ser la pena de prisión prevista de forma abstracta en el artículo 435 del Código Penal", recuerda el auto.