El Estado adelantará parte de la pensión a los hijos de separados

 
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Un Fondo de Garantía asegurará unos mínimos en el cobro de las pensiones alimenticias de los niños cuyos padres no las abonen.

AGENCIAS.MADRID Un Fondo de Garantía asegurará unos mínimos en el cobro de las pensiones alimenticias de los hijos acordadas en resolución judicial cuando éstas no son abonadas por la persona obligada a hacerlo. Esta medida, aprobada ayer por el Consejo de Ministros, garantiza las pensiones a los vástagos menores y a aquellos que, aún siendo mayores de edad, tengan una discapacidad reconocida superior al 65%.

Este anticipo podrá ser solicitado por parte de quien tenga la guarda y custodia de los menores que tengan reconocido el pago de alimentos, y no superará los 100 euros mensuales por cada menor beneficiario, durante un periodo máximo de 18 meses.

La vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, afirmó tras el Consejo de Ministros que esta medida, promovida por los Ministerios de Justicia y Economía y Hacienda, "llevaba siendo demandada muchos años". Los padres que necesiten dirigirse al Fondo deberán tener resoluciones favorables dictadas por tribunales españoles y donde conste la exigencia de haber instado la ejecución de esa sentencia sin haber obtenido el pago. Además, deberá existir una "rigurosa" acreditación de la situación económica de la unidad familiar en la que vivan los menores.

El reconocimiento de los ingresos de la unidad familiar podrá solicitarse de forma "urgente" en el caso de que los ingresos no superen las cuantías previstas para el reconocimiento ordinario o cuando la solicitante sea víctima de violencia de género.

Además, el fondo garantizará las pensiones de menores extranjeros residentes en España cuando sean nacionales de paises miembros de la Unión Europea, y si proceden de otros países, siempre que lleven cinco años de residencia legal y que en aquellos países se concedan anticipos similares a los ciudadanos españoles en su territorio.

El número de divorcios en 2006 fue de 126.952, lo que supone un importante incremento del 74,3% respecto a la cifra registrada el año anterior, según datos del INE. La mayoría de los matrimonios rotos (51,3%) tienen hijos menores de edad (el 29,8% tienen sólo un hijo) y el 44,9% no tienen hijos.

Entre las parejas que tienen algún hijo menor de edad la pensión alimenticia le corresponde principalmente al padre (en concreto en el 78,7% de los casos). Tan sólo en el 2,5% de las rupturas la madre es la que se hace cargo de la pensión alimenticia y en un 3,6% de los casos dicha obligación corresponde a ambos cónyuges.

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