La sentencia del Supremo desestima el recurso de casación de Belarmino D.C. al considerar que los hechos probados no son contradictorios ni hubo vulneración del derecho de presunción de inocencia del condenado. Los hechos comprenden una franja temporal de 2003 a 2008, periodo en el que el procesado realizó más de 100 reintegros indebidos en las cuentas bancarias de los ancianos, por cantidades que oscilaban entre los 300 y los 8.000 euros, hasta alcanzar los 223.740 euros.

El condenado era director de una sucursal bancaria en la localidad leonesa de Castrocontrigo (León). A los tres ancianos les hizo firmar boletas en blanco cuya cantidad rellenaba o alteraba, en beneficio propio.

El Tribunal Supremo ha ratificado la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de León, que condenó a tres años y medio de prisión al director de una sucursal bancaria por estafar más de 200.000 euros a una familia de tres ancianos, dos de los cuales tienen limitaciones físicas.