"De la inexistencia de prueba indiciaria válida en el veredicto, ha de concluirse necesariamente la absolución del Sr. Basterra Camporro, por ausencia de prueba de cargo válida en la que sustentar la condena". La defensa del padre de Asunta, condenado junto a su exesposa Rosario Porto por el asesinato de la pequeña Asunta a 18 años de prisión cada unocondenado junto a su exesposa Rosario Porto por el asesinato de la pequeña Asunta18 años de prisión, pide su absolución al considerar que no existen pruebas para condenar y que se ha "vulnerado el derecho a la presunción de inocencia de su defendido". La abogada de Alfonso Basterra, Belén Hospido, ha presentado el recurso ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), que ahora debe ser admitido por el presidente del Tribunal, Jorge Cid.

Hospido cuestiona en el recurso interpuesto la base del veredicto del jurado popular veredicto jurado popular al expresar que los hechos considerados probados "no están plenamente probados". Es más, indica que en varios puntos el propio jurado da un giro a la interpretación de los indicios que, finalmente, resultaron en contra de su defendido. "Ni los hechos se hallan plenamente probados, llegando el jurado a invertir la carga de la prueba y aplicar presunciones de culpabilidad, inadmisibles en un procedimiento penal, y que por sí solas vulneran el derecho a la presunción de inocencia de Basterra ni, aunque lo estuvieran (probados), se deduciría de ellos, necesariamente, las consecuencias que de los mismos extrae el jurado", incluye en el recurso. Añade, además, que el jurado "ha omitido hechos que constituían auténticos y relevantes contraindicios". Uno de los puntos clave es que Basterra fuese en el coche con Porto y la niña hacia Teo, porque en las imágenes no se ve. El veredicto se basa en testimonios que ubican a Basterra esa tarde en la calle (en lugar de en su casa) para expresar que fue a Teo. Se refiere Hospido en el escrito a que el jurado cambió una frase que fue fundamental para que se considerase el delito de asesinato, en este caso: modificaron la frase "haber dado muerte intencionadamente" a "haber dado muerte sin posibilidad de defenderse", lo que tuvo "como consecuencia la definición de un delito de asesinato u homicidio agravado", con una pena impuesta de 18 años en la sentencia.

INFLUENCIA SOBRE EL JURADO

En el desarrollo de la vista, según la defensa de Alfonso Basterra, "se quebrantaron normas y garantías procesales". Para explicar la vulneración del procedimiento destaca la inadmisión de varios medios probatorios, como la revisión de la inspección ocular del lugar donde apareció el cadáver, que "generó indefensión a esta parte y supuso una vulneración de su derecho a utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa, siendo imposible determinar, tras el veredicto, hasta qué punto pudo incidir su falta en la decisión del jurado". El escrito de la abogada de Basterra también apunta que la publicación "en varias cadenas de televisión de fragmentos seleccionados de las declaraciones de los acusados, testigos y/o peritos, en algunos casos sacadas de contexto, introdujo un riesgo cierto de ser visualizados por los miembros del jurado o por las personas de su entorno con capacidad para influenciarles".

Para la abogada de Basterra tampoco fue justa la incorporación, solicitada por el Ministerio Fiscal, al acta del juicio, del testimonio de la declaración de Rosario Porto en la fase de instrucción, relativas a que la niña había dicho que era su padre quien le había dado unos polvos el 18/09/2013 o en los episodios de supuestos mareos del mes de julio, y que tras la estancia en el hospital de Porto, Alfonso Basterra condicionó el restablecimiento de una relación de cooperación y ayuda a cambio de que Rosario rompiese "su relación con el Sr. García Rendo". Añadió Hospido que el magistrado impidió que algunos testigos y peritos contestasen a sus preguntas, cuando en otras ocasiones de la vista solo había un perito y se mostraron pruebas por pantalla.

También criticó Hospido que en las instrucciones dadas por el magistrado al jurado para realizar el veredicto "fue ambiguo y poco esclarecedor en sus referencias a la valoración de la prueba indiciaria y a la primacía de la presunción de inocencia". "El contenido del veredicto evidencia la deficiencia de tales instrucciones y lo relevante de las omisiones", añade. Apunta además que en la sentencia apelada se introducen "afirmaciones fácticas perjudiciales para el acusado introducidas por el presidente del tribunal", del tipo: "Esa sustancia se encuentra en el medicamento que durante esos mismos meses el padre adquirió en la farmacia del Hórreo, sin que existiese una necesidad de consumo que lo justificase"... o "ambos padres necesariamente fueron conocedores de estos problemas que tuvo la niña en julio y en septiembre". La abogada pide la celebración de un nuevo juicio.

Además, la abogada de Basterra considera que hay que modificar la sentencia "eliminando la concurrencia de la circunstancia de alevosía y la circunstancia mixta de parentesco". Para la abogada del padre de Asunta la pena debería ser "el mínimo previsto legalmente para el delito de homicidio, sin concurrencia de circunstancias modificativas: diez años de prisión".

ARANGUREN PEDIRÁ LA ABSOLUCIÓN DE PORTO

El abogado de Rosario Porto, José Luis Gutiérrez Aranguren, tiene previsto presentar este jueves, día 3, el recurso contra la sentencia que condenó a su defendida a 18 años de prisión por el asesinato de su hija Asunta, un documento que pedirá la absolución de Porto "por falta de pruebas" y, de lo contrario, planteará "la nulidad del juicio".

Según ha confirmado a Europa Press el letrado, su intención es presentar el recurso de forma efectiva este jueves aunque, "si finalmente" fuese necesario, lo presentaría el viernes, jornada en la que concluye el periodo extra de tiempo que le dio la Audiencia Provincial para recurrir.

El plazo para que el resto de las partes presentasen sus recursos concluyó este lunes. Sin embargo, la Audiencia amplió el plazo para el letrado de Rosario Porto, dado que se encontraba de baja médica cuando fue emitida la sentencia.

Los alegatos de Gutiérrez Aranguren en este documento, ha confirmado, se basarán en pedir "la absolución" de su defendida en base a la "vulneración del derecho a la presunción de inocencia" y la "inexistencia de pruebas de cargo". En este sentido, ha señalado que no planteará una reducción de la pena.

NULIDAD

En caso de que no se acoja esta pretensión, el letrado ha apuntado que pedirá también la nulidad del juicio.

Rosario Porto y Alfonso Basterra fueron condenados a 18 años de prisión por el asesinato de su hija Asunta,condenados a 18 años de prisión por el asesinato de su hija Asunta de 12 años de edad, teniendo en cuenta las agravantes de parentesco, alevosía y abuso de superioridad, según recoge el veredicto emitido el 12 de noviembre.

El cadáver de la víctima, que había sido sedada con una dosis tóxica de lorazepam y asfixiada, fue localizado en una pista forestal de Teo en la madrugada del 22 de septiembre de 2013.