Un vecino de Palma de Mallorca ha tenido que demandar a su exmujer para que su hija celebre la primera comunión. La Audiencia le ha dado la razón al padre, frente a la oposición de la madre, que tampoco quería que la niña, de ocho años, estudiase Religión. El matrimonio, divorciado, se casó por la Iglesia y bautizó a su hija.

Los padres tienen la custodia compartida. Cuando todavía estaban juntos, la menor cursó la asignatura de Religión. Al siguiente curso, la madre, sin contar con el padre, apuntó a la niña a una asignatura alternativa. Y al siguiente, lo mismo. La madre es católica y ha llevado a la niña a la iglesia, pero tomó la decisión después de que su hija le dijese que no quería. La niña confesó al juez que iba a catequesis, pero no le apetecía mucho, prefería ir a natación.

El tribunal cree que no se trata de que la niña "tenga necesidad o no de hacer la primera comunión, sino que es un acto consecuente a la trayectoria católica de los padres". Los jueces entienden que "no genera daño ni perjuicio alguno a la niña, ni a la madre". Un juez de primera instancia entendió que no se podía obligar a la niña.