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Las imágenes de la polémica

Industria abre un expediente a Cuatro por el vídeo de Lama

La Ley Audiovisual considera una infracción muy grave "la emisión de contenidos que fomenten odio o desprecio"

 19:56  
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El directo de Manolo Lama, antes del encuentro de Europa League entre el Atlético de Madrid y el Fulham.
[18/05/2010]

EFE El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio ha abierto un expediente de oficio a Cuatro por las imágenes difundidas la semana pasada en las que el periodista de la cadena Manolo Lama instaba a los aficionados del Atlético de Madrid a ayudar a una persona indigente.

Fuentes del Ministerio informaron hoy a EFE de que se trata de un expediente de oficio porque se ha abierto sin que haya habido una denuncia formal previa.

También es un "expediente de información previa" ya que se trata de una fase en la cual se recopila toda la información anterior a lo ocurrido.

El pasado martes en la emisión de Noticias Cuatro Deportes, Lama, que se encontraba en Hamburgo (Alemania) para cubrir el encuentro de la final de la Europa League entre el Atlético de Madrid y el Fulham, solicitaba ayuda para el indigente para "demostrarle a España que la gente es generosa".

Además, el locutor aseguraba del "sin techo" que "lleva aquí pasando frío bastante tiempo" y quiere que "los atléticos tengan un detalle con él".

También se podía ver a los aficionados rodeando al hombre y depositando en un cuenco dinero, tarjetas de crédito, bufandas e incluso móviles.

Este expediente es el paso previo a un "eventual expediente sancionador", según han explicado a EFE las citadas fuentes, que han agregado que "no hay un plazo determinado" para su resolución.

El artículo 57.1 de la nueva Ley General Audiovisual, que entró en vigor el 1 de mayo, considera una infracción muy grave "la emisión de contenidos que de forma manifiesta fomenten el odio, el desprecio o la discriminación por motivos de nacimiento, raza, sexo, religión, nacionalidad, opinión o cualquier otra circunstancia personal o social".

Por ello, la cuantía de la sanción aplicable se situaría entre los 500.001 y el millón de euros.

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