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El caso del edificio Caldagueiro de Pontedeume llega a los tribunales

El Ayuntamiento rechazó el recurso de reposición presentado por el Grupo Inmobiliario Lagares contra el expediente urbanístico que le obliga a derribar parte del inmueble

Edificio conocido como Caldagueiro, situado en la avenida Doctor Villanueva. / la opinión

Edificio conocido como Caldagueiro, situado en la avenida Doctor Villanueva. / la opinión

Nuria Rodríguez | Pontedeume

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de A Coruña ha iniciado los trámites para la resolución del recurso interpuesto por el Grupo Inmobiliario Lagares contra el Concello de Pontedeume, que a su vez rechazó el recurso de reposición presentado por la promotora contra el expediente en el que la Alcaldía le ordena derribar parte del edificio conocido como Caldagueiro por incumplir la normativa urbanística.

El juez emplaza a las partes interesadas a presentarse en la sala en un plazo de nueve días, según se recoge en el anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) el pasado viernes, 2 de enero.

En la última resolución del Concello sobre la primera fase del edificio Caldagueiro, firmada el pasado 16 de mayo, da un plazo de dos meses a la promotora para que derribe la parte del inmueble que incumple la licencia municipal, concedida en diciembre de 2003.

El Ejecutivo municipal también advierte al Grupo Inmobiliario Lagares, antes Promociones Lagares y Álvarez, de que el decreto pone fin a la vía administrativa y de que dispone de un mes para interponer un recurso de reposición y de dos para tramitar un contencioso administrativo ante el juzgado, como ha hecho.

La primera advertencia del Concello a la promotora tuvo lugar en octubre de 2006, cuando el Concello inicia un expediente de reposición de la legalidad urbanística de las obras de construcción de un edificio de 51 viviendas, tres plantas de sótano para garaje, una planta baja comercial, tres pisos altos y un bajo cubierta. El Ayuntamiento convalida con este expediente el incoado el 15 de marzo de 2005, declarado caducado. Un año después, en octubre de 2007, el Concello desestima las alegaciones presentadas por la promotora contra la resolución de reposición de la legalidad urbanística y le da un primer plazo de tres meses para legalizar el inmueble. La fachada posterior del edificio dispone de una serie de ventanas a la altura del semisótano que no se corresponden con lo previsto en el proyecto y la cumbrera rebasa en un metro y 20 centímetros el máximo permitido en las normas subsidiarias, que son cuatro metros. En cuanto a la cornisa, la altura máxima permitida es de 12 metros y los bloques 5, 6 y 7 de la edificación la rebasan en 50, 42 y 19 centímetros, respectivamente.

El primer plazo concedido por el Ayuntamiento a Lagares finalizó el pasado mes de enero y la promotora decidió entregar entonces un proyecto con el que pretendía ajustar lo construido a la licencia de obra. El Ejecutivo local denegó su nueva propuesta tres meses más tarde, en abril, amparado por un informe del arquitecto municipal en el que se pone de manifiesto que el documento obvia las indicaciones realizadas desde el Concello.

Éste ordena entonces, y por primera vez, a la empresa que derribe lo ilegal y le advierte de que si no lo hace en dos meses, le impondrá una serie de multas coercitivas de entre 1.000 y 10.000 euros. El Ayuntamiento le concedió un nuevo plazo de dos meses el pasado mes de julio.

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