Absuelto un conductor que derrapó en el paseo por exceso de velocidad

El juez asegura que no está demostrado que el consumo de alcohol fuese la causa de las infracciones E El acusado participaba en una carrera

Redacción | A Coruña

El magistrado del Juzgado de lo Penal número 1 de A Coruña absolvió a un hombre acusado de conducir después de haber ingerido alcohol, circular a velocidad excesiva y derrapar en el paseo marítimo. El juez no sancionó al imputado, que fue defendido por la letrada Mercedes Novoa-Cisneros García, porque entendió que la ingesta de alcohol no influyó en la conducción. El resultado de la prueba de alcoholemia que le practicaron los agentes dio 0,60 miligramos de alcohol por litro de aire cuando el máximo permitido es 0,25. El magistrado, sin embargo, consideró que el procesado no cometió ningún delito contra la seguridad del tráfico por la baja tasa de alcohol que arrojó la prueba. El hombre, por tanto, sólo podrá ser sancionado por la Jefatura de Tráfico.

El procesado, según la sentencia, había bebido "al menos dos cervezas" y conducía en dirección a la Torre de Hércules a una "velocidad excesiva y derrapando". El juez insiste en que el hombre se comportó de forma "educada" cuando fue interceptado por los agentes y que se subió y bajó del vehículo policial "sin dificultad".

"No hay constancia de conducción irregular o temeraria por parte del acusado originada por la influencia de bebidas alcohólicas", sostiene el magistrado. El fiscal solicitaba que fuese condenado a pagar una multa de 2.700 euros y a la privación del carné de conducir durante dos años y nueve meses.

Los agentes aseguraron en el juicio que fueron alertados por unos vecinos porque el imputado y el conductor de otro vehículo realizaban una carrera por el paseo marítimo. El piloto del otro coche fue condenado por conducción temeraria porque arrojó una tasa de alcohol mucho mayor de la permitida.

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