La sentencia firme y definitiva que emitió el Tribunal Supremo el pasado mes de julio no sólo obliga a demoler el edificio Conde de Fenosa en la calle Fernando Macías porque la licencia que le dio el Ayuntamiento en 1997 es ilegal sino que además ordena que esta resolución judicial se inscriba en el registro de la propiedad.

El Supremo también ordena que esta sentencia sea publicada en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) para que tenga la mayor difusión posible debido a su gran "interés público". El Concello intentó por todos los medios evitar tanto la inscripción en el registro como la publicación en el BOP. El último intento fue un recurso de súplica en 2007, que los magistrados le rechazaron.

La obligación de inscribir en el registro de la propiedad que estos pisos tienen orden firme de demolición se realiza para proteger los intereses de terceros que quisiesen comprar un piso en este edificio. Pero las consecuencias económicas de este acto son muy graves.

"Nadie compraría nunca un piso que tiene una anotación preventiva de que hay orden de derribo. El piso así queda devaluado en su totalidad, no es que se reduzca su valor en un determinado porcentaje por esta anotación, es que su valor se convierte en cero, automáticamente queda sin valor ninguno, es un trauma para el propietario", explicó el presidente del Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria, Herminio Carballido.

Herminio Carballido también recordó que al quedar constancia de esta sentencia en el registro "los bancos se quedan sin garantía, desaparece la garantía hipotecaria". Carballido no obstante cree que este edificio nunca será demolido.

"Hay un gran perjuicio social porque al final repercutiría en todos, si hay que indemnizar el dinero saldría de nuestros bolsillos, no paga el Concello", recalcó. El centenar de propietarios de viviendas en este edificio son las grandes perjudicados por la gestión municipal.

Estos afectados no pueden solicitar la inejecución de la sentencia de demolición porque son adquirientes de buena fe pero sí pueden reclamar al Ayuntamiento una indemnización por daños y perjuicios, con independencia de que el edifico se derribe o no porque aunque no se ejecute lo que ya no tiene solución es la pérdida del valor del inmueble y éste daño es indemnizable.

Alternativa

Los propietarios, no obstante, sí pueden oponerse a la anotación en el registro de la propiedad de esta sentencia de demolición siempre que en su día no fuesen emplazados en el procedimiento y que constasen en dicho registro.

Los dueños de las viviendas del edificio Conde de Fenosa y también la propia Fadesa son los que tienen derecho a reclamar la responsabilidad patrimonial por esta sentencia. El Concello es el que tiene que pagar, a no ser que demuestre que hubo negligencia grave por parte del promotor por ocultar o cambiar datos. En este último caso pagaría la promotora.

Los afectados tienen un plazo de un año para reclamar la indemnización patrimonial, a partir de la demolición. Pero antes de que se produzca el derribo y debido a los perjuicios económicos que han sufrido por la pérdida de valor de sus inmuebles, también pueden solicitar daños y perjuicios desde el momento en que la sentencia es firme, es decir, desde el pasado mes de julio.