La ley de memoria histórica ampara la retirada de la estatua de Millán Astray. Así lo determina el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) en la sentencia en la que desestima el recurso interpuesto por la Asociación Cultural y Deportiva de Veteranos de la Legión contra el Ayuntamiento por ordenar, en enero de 2010, quitar el monumento de la plaza que llevaba el nombre del general golpista.

"Los hechos expuestos por los expertos en la comisión conducen inexorablemente a la aplicación de la ley de memoria histórica, sin dejar de valorar que en el presente no valoramos el honor de la persona, sino simplemente la legalidad o no de la resolución recurrida", indican los magistrados de la sección segunda de la sala de lo Contencioso-administrativo en el escrito, en el que recalcan que su cometido no es "valorar una actitud individual", como "erróneamente cree entender la parte demandante", sino intentar "conciliar y superar un momento histórico".

Los veteranos de la Legión reclamaron al alto tribunal gallego que anulase el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento en septiembre de 2009 para retirar la estatua porque sostienen que la ley de la memoria histórica es "inaplicable". El tribunal destaca en el fallo judicial que los recurrentes no razonan por qué este caso debería de excluirse de la norma "por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas a favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil o la dictadura".

La sala, además, subraya que los legionarios aceptan que la estatua se trata "de un bien propiedad de las Administración municipal", al tiempo que señala que no alegan "la infracción de norma previa sobre bienes de las entidades locales". La ley de memoria histórica, según relatan los magistrados en la sentencia, ordena la retirada de "todos los símbolos" que se sean bienes propiedad de la Administración del Estado y sus organismos públicos dependientes.

La hija de Millán Astray sostiene que el Ejecutivo local ordenó retirar la estatua sin haber resuelto el recurso de reposición que presentó ante la Subdelegación del Gobierno. La familiar del general golpista aseguró que la estatua, pese a ser colocada en 1970, se instaló en A Coruña para conmemorar el 50 aniversario de la Fundación de la Legión.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, sin embargo, desestimó las demandas de los contrarios a la retirada de la estructura. Los jueces, además, les impusieron el pago de las costas.

Honores

La magistrada del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 3 de A Coruña ordenó en julio del año pasado al Ayuntamiento devolver el título de hijo predilecto de la ciudad a Millán Astray. La juez estimó el recurso que presentó la hija del fundador de la Legión contra la decisión del Ejecutivo municipal porque consideró probado que la decisión se adoptó en un pleno celebrado en 1922, "catorce años antes de la sublevación que dio origen a la Guerra Civil".

La titular del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 3, por tanto, concluyó que, en este caso, no se puede aplicar la ley de memoria histórica. El Concello, en contra de la oposición, se negó a recurrir el fallo.

El BNG sostiene que el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) avala la retirada del título de hijo predilecto de la ciudad a Millán Astray. Los nacionalistas se basan en la sentencia del alto órgano jurisdiccional gallego que desestima el recurso de los legionarios contra la retirada de la estatua del general golpista. Así, subrayan que el fallo confirma que es "legal" quitarle los honores al general golpista. Los magistrados en el fallo judicial, sin embargo, solo se refieren al caso de la estatua, no a las distinciones concedidas al fundador de la Legión.

La magistrada del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 3 ordenó al Concello devolver el título a Millán Astray porque, alegó, se concedió antes de la guerra civil, por lo que no se le puede aplicar la ley de la memoria histórica. La juez, no obstante, destaca en la sentencia que el Gobierno local puede convocar la comisión de honores y retirarle el título cuando quiera. El Ejecutivo se negó a recurrir el fallo ante el TSXG, tal y como reclama la oposición, y a reunir a la comisión. "La actuación del PP es una prueba más de su falta de transparencia", subraya el BNG.