El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha desestimado el recurso de apelación presentado por los promotores Familia Blanco y avala, de este modo, la decisión del Gobierno local de febrero de 2011 -formado entonces por la coalición de PSOE y BNG- de denegar una licencia de construcción en la zona del Agra de San Amaro. Contra este fallo no cabe ya recurso ordinario y el Alto Tribunal gallego condena, además, a los promotores a hacer frente a las costas sufridas por el Concello de A Coruña y también por la Xunta, hasta un límite de 150 euros por Administración.

La denegación de la licencia se basa en la protección de la Torre de Hércules y su entorno, una vez que se hubiese declarado patrimonio de la humanidad por la Unescopatrimonio de la humanidad -el 27 de junio de 2009-. Al darse esta circunstancia, el Gobierno local entendía que tenía que aplicar el artículo 104 de la Lei de Ordenación Urbanística de Galicia (LOUG) y no el plan general que estaba entonces vigente, el de 1998, ya que el que ahora está en vigor se aprobó de manera definitiva en febrero de 2013. Y es que este artículo de la ley de suelo hace referencia a la protección de las zonas naturales y a que no se interrumpa la visión de espacios protegidos.

"En los lugares de paisaje abierto o natural, sea rural o marítimo, o en las perspectivas que ofrezcan los conjuntos urbanos de características histórico-artísticas, típicos o tradicionales y en las inmediaciones de las carreteras o caminos de trayecto pintoresco, no se permitirá que la ubicación, masa o altura de las construcciones, muros y cierres, o la instalación de otros elementos, limiten el campo visual para contemplar las bellezas naturales, rompan la armonía del paisaje, desfiguren la perspectiva propia del mismo o limiten o impidan la contemplación del conjunto", dice uno de los puntos del artículo 104.

La promotora había solicitado permiso para construir un edificio en el entorno de la Torre de Hércules, según se explica en la sentencia, de un inmueble de unos 25 metros de altura -ocho alturas más bajo cubierta- medida desde la rasante natural del terreno en el paseo marítimo.

Fue en junio de 2014 cuando el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 dio la razón al Concello al decidir negarle la licencia a la Familia Blanco y, ahora, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia también avala esta decisión.

No es la primera vez que el Alto Tribunal gallego se manifiesta en este sentido, aunque también lo hizo en sentido contrario en otras ocasiones. En 2011, el Superior obligó al Concello a conceder más edificabilidad a uno de los promotores de San Amaro. Con la llegada del PP a María Pita, el entonces Gobierno local decidió compensar a los promotores por no poder hacer valer sus derechos de edificación en la Torre y los trasladó a Adormideras, una propuesta que contó con el desencanto y las críticas de los vecinos y del BNG. Algunos de los promotores del entorno de la Torre de Hércules lo son después de haber sido compensados por el Ayuntamiento por la expropiación de sus terrenos, necesaria para la construcción del paseo marítimo.