El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de la ciudad ha anulado la licencia de la gasolinera de Carrefour, concedida hace dos años por el Ayuntamiento. La sentencia, contra la que cabe recurso, obliga a la estación de servicio a echar el cierre, ya que considera que incumple diversas normativas, entre ellas la relacionada con la seguridad de las instalaciones. El juez también ha ordenado que el edificio vuelva a su estado original, lo que implica que la empresa deshaga las obras realizadas para albergar la gasolinera. Carrefour estudia recurrir el fallo de primera instancia que estima la demanda presentada por el propietario de otra estación de servicio.

"Es evidente el peligro que supone una materia inflamable en un almacenamiento aproximado de 160.000 litros, este extremo es indiscutible", subraya el magistrado de lo Contencioso-administrativo número 1 en la sentencia, en la que sostiene que el recinto supone "un riesgo potencial para los consumidores que usen el servicio o sin usarlo transiten por las inmediaciones". Así, destaca que los vehículos estacionados en la primera planta -la gasolinera está en la cero- se convertirían en "obstáculos" en caso de incendio. "Las únicas vías de salida a espacio exterior seguro lo constituyen rampas mecánicas situadas a más de 50 metros que pueden ser ocupadas u obstruidas por carros de compra", arguye el juez.

La compañía, según el fallo judicial, también incumple la ley que obliga a que los tanques de combustible se sitúen a más de dos metros de "toda edificación posible". El magistrado, tal y como defendía la demandante, considera probado que las obras ejecutadas en el aparcamiento del centro comercial para construir la gasolinera son "de nueva edificación, de sustitución y ampliación", mientras que Carrefour y el Ayuntamiento sostienen que se desarrollaron trabajos de "rehabilitación". Este punto es clave a la hora de anular la licencia, ya que la parcela del centro comercial se encuentra fuera de ordenación, lo que impide realizar "cualquier actuación que no fuere de restauración, conservación, consolidación o rehabilitación" porque infringiría el Plan General de Ordenación Municipal (PGOM).

"Pretender ante una intervención tan importante que nos encontremos ante una simple rehabilitación no es admisible", recalca el juez en el documento, al tiempo que incide en que se crearon nuevos pilares y estructuras, se derribó parte del aparcamiento, se construyó otra edificación "que no tiene nada que ver con la precedente" y se incrementó el volumen de lo construido. "Pretender que el edificio de aparcamientos no representa una ocupación del suelo es rechazable, de ahí que la parcela en la que se encuentran los inmuebles no permitiría la actuación desarrollada", asevera el magistrado.