Revés judicial para las arcas municipales. Una sentencia firme del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha estimado parcialmente el recurso de apelación de una promotora del Agra de San Amaro por el fallo en su contra de un juzgado de A Coruña en enero pasado y obliga al Ayuntamiento a abonar a esta empresa una cantidad anual en concepto de indemnización por la demora en el cumplimiento de dos convenios de 1993 y 2006, lo que le impide aprovechar el derecho a edificar en el lugar al que se había comprometido.

No cabe recurso ordinario frente a esta sentencia, en la que el Alto tribunal gallego atribuye responsabilidades patrimoniales al Concello con un dictamen que se opone a la interpretación municipal. El Gobierno local tendrá que pagar de entrada 148.027 euros más intereses desde la fecha de reclamación, enero de 2012; además abonará la aplicación de los intereses legales del dinero sobre el valor del aprovechamiento comprometido en los convenios que corresponde a la empresa, cifrado por los magistrados en 582.798 euros.

La cuantía resultante de esta aplicación, que rondaría los 25.000 euros, es la que el Ayuntamiento, según la sentencia del TSXG, tendrá que abonar cada año hasta que se encuentre una solución a las reclamaciones urbanísticas de la empresa promotora, que por ley, tras la declaración de la Torre de Hércules como patrimonio de la humanidad por, no puede edificar en la zona, pero sí podría hacerlo en otra.

El edil de Rexeneración Urbana, Xiao Varela, alegaba en enero de este año que el Ayuntamiento no iba a asumir ninguna compensación tras conocer que propietarios de suelo en San Amaro, a 500 metros de la Torre de Hércules, preparaban una demanda por no ser indemnizados desde 1993, cuando el Ejecutivo de Francisco Vázquez había comprado sus terrenos para la construcción del paseo marítimo.

El concejal se apoyaba hace seis meses en el fallo del juzgado de enero de este año que desestimaba la reclamación de una promotora a la que el Gobierno local le había denegado la licencia para construir, la misma que apeló ante el TSXG, que ahora revoca la sentencia de primera instancia, da parcialmente la razón a la firma y obliga al Concello a abonarle una indemnización fija ahora y otra variable cada año.

La empresa reclamaba por daños y perjuicios intereses sobre el valor de edificabilidad al que tenía derecho en virtud del convenio de 2006 derivados de la tardanza en la entrega y materialización del aprovechamiento urbanístico comprometido. Además exigía otras cantidades por gastos en los que "por dicho motivo, incurrió de forma inútil" e "intereses de las cantidades invertidas en adquisición y desarrollo de los terrenos sobre los que iba a edificar", señala la sentencia.

El fallo del Superior no admite las pretensiones por estos conceptos al desvincularlos del convenio de mayo de 2006, pero sí estima otra reclamación económica por el pago de lo abonado por la empresa a la junta de compensación, al Concello y al redactor del proyecto básico de construcción del edificio, lo que suma 148.027 euros.

Aunque la compensación que debe asumir ahora el Concello no es muy alta, el fallo abre un precedente que puede resultar gravoso para el Gobierno local, ya que si las demás demandas de promotores o propietarios del Agra de San Amaro llegan al TSXG y el tribunal sigue los mismos criterios, el Ayuntamiento puede tener que afrontar nuevos gastos, lo que aumentaría las partidas para indemnizaciones.