El Juzgado de Instrucción número 2 de A Coruña archivó ayer las actuaciones iniciadas por una denuncia del Ministerio de Defensa a raíz de la okupación de la antigua Comandancia Militar de Obras. La magistrada decretó que no existe un delito de usurpación, de acuerdo con el Ministerio fiscal, porque entiende que "de las actuaciones practicadas no cabe concluir una voluntad contraria a tolerar la ocupación", ni por parte de Defensa ni del Concello. Así, la instructora subraya que la administración "que tenga a cargo bienes públicos para su custodia y defensa" tiene potestad "para proceder al desalojo". Por ese motivo, considera que "ninguna medida es preciso tomar por un juzgado, al menos en la jurisdicción penal".

El Ministerio de Defensa, que denunció la okupación de las instalaciones en diciembre de 2016, es el titular del edificio, si bien en 2013 se lo cedió "de forma provisional" al Concello "para su mantenimiento, conservación y custodia". La instructora destaca en el auto que ambas instituciones tienen "facultades de autotutela que no han ejercido", al tiempo que recalca que para que exista un delito de usurpación debe "constar claramente la voluntad contraria a tolerar la ocupación". La sentencia insiste en que "no consta" que el Ayuntamiento o Defensa realizasen "un requerimiento expreso a los ocupantes para que abandonaran el lugar porque lo estaban ocupando ilegalmente".

La titular de Instrucción 2 argumenta que el Concello, a pesar de haberse presentado la Policía Local varias veces en el recinto, "no llevó a cabo actuación alguna que manifestara una voluntad contraria a la ocupación, ni encaminada a proceder al desalojo de los ocupantes". El Ayuntamiento, como es habitual en estos casos, debería, según el auto, haber iniciado un expediente sancionador "si entendiese que los hechos son delictivos" y, después, recurrir a la vía judicial en caso de que los okupas no acatasen sus órdenes. Además, destaca que fue la Policía Local la que puso en conocimiento del Ministerio de Defensa la okupación y, "a pesar de ello, se toleró la misma, incluso el Ayuntamiento derribó un edificio y colocó vallas para evitar cualquier tipo de daño a los ocupantes", aunque la juez no menciona que esas obras fueron proyectadas meses antes de la okupación del recinto y ejecutadas por el Ayuntamiento de forma subsidiaria después de que Defensa desoyera su orden de acometerlas.

La finalidad de la denuncia presentada por Defensa, según la juez, era evitar una fiesta de fin de año que carecía de licencia, pues "suponía un peligro físico para los ocupantes", ya que podría provocar "accidentes como el hundimiento de las cubiertas y derrumbes, pudiendo incurrir en responsabilidad el Ministerio de Defensa como propietario del inmueble". El sobreseimiento de la causa investigada cuenta con la aprobación de la Fiscalía, que no presentó acusación porque también entiende que no hay delito.