El Concello debe indemnizar a la comunidad de cesionarios del aparcamiento subterráneo de la plaza de Galicia con 16.431 euros por los daños y las filtraciones de agua que provocaron unas obras desarrolladas en la zona en 2009, durante el Gobierno dirigido por Javier Losada. El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha estimado el recurso presentado por los afectados contra una sentencia de primera instancia que eximía de responsabilidad al Ayuntamiento por considerar que los técnicos municipales no dieron órdenes para que se ejecutase la obra de forma que causase daños. En todo caso, según el primer fallo, la responsabilidad recaería sobre la constructora, una conclusión que rechaza el TSXG.

El alto tribunal argumenta que la Administración local "ha omitido el seguimiento de un procedimiento", pues se limitó a desestimar la reclamación de los perjudicados, lo que le impide ahora "mantener que cabría imputar la responsabilidad por los daños reclamados" a la empresa adjudicataria de las obras, Canarga S.L., por una incorrecta ejecución del contrato. El TSXG declara "procedente" atribuir la responsabilidad al Concello por los desperfectos producidos, "sin perjuicio de su facultad de repetición contra la empresa ejecutora del proyecto si los daños derivan de la actuación de ésta".

La comunidad de cesionarios del parking insistió en que las filtraciones de agua en las dos zonas del aparcamiento -entre las plazas 130 y 132 y 69 a 77- se produjeron a raíz de la instalación, por defectos constructivos, de anclajes de la estructura del cartel anunciador de las obras. También achacan los daños a los repicados en la acera de entrada al aparcamiento durante los trabajos ejecutados en la calle Rosalía de Castro, que perforaron la lámina de impermeabilizante del techo y fueron la causa de la aparición de fisuras, grietas y humedades.

"La existencia de daños en el techo del aparcamiento no puede discutirse", subraya el TSXG, al tiempo que indica que se produjeron "en consecuencia de las obras ejecutadas por Construcciones Canarga", tal y como se deduce de las pruebas aportadas y del informe imparcial de una arquitecta. "Ha de darse por acreditada la existencia de un nexo causal que requiere la aplicación de la institución de la responsabilidad patrimonial", señala el alto tribunal gallego. Contra la sentencia que condena al Concello a pagar una indemnización de 16.431 euros cabe presentar recurso de casación ante el Supremo. Los afectados demandaban el abono de 18.984 euros.