Un juez impone a una madre seis meses de alejamiento de su hija por golpearle
La niña sufrió un hematoma en la cara. La mujer realizará 30 días de trabajos comunitarios
a coruña
Una madre aceptó ser condenada a una orden de alejamiento de su hija durante seis meses por golpearla en la cara. La imputada admitió ante el juez de Penal número 4 de A Coruña que durante el transcurso de una disputa sucedida sobre las siete de la tarde del 8 de diciembre de 2016 en el domicilio familiar, situado en Os Mallos, le propinó un golpe a la menor, que tenía 12 años. La niña, como consecuencia de la agresión de su madre, sufrió un hematoma en un ojo, por lo que requirió de una primera asistencia médica.
La imputada, que cuando sucedieron los hechos tenía 33 años, fue detenida al día siguiente de la agresión y puesta en libertad 24 horas después. La mujer carece de antecedentes penales. La Fiscalía demandaba en su informe sobre los hechos que fuese sentenciada a más pena, pero finalmente llegó a un acuerdo con la defensa de la sospechosa para que se declarase culpable y aceptase la condena. De esta forma, la procesada evitó ir a juicio, lo que podría conllevar la imposición de un castigo mayor.
El magistrado del Juzgado de lo Penal número 4 de A Coruña, por tanto, dictó sentencia oral en la sala bajo la conformidad de todas las partes implicadas en el procedimiento. La imputada reconoció haber cometido un delito de maltrato de obra en el ámbito familiar y aceptó ser condenada a la prohibición de comunicarse por cualquier medio y aproximarse a menos de 100 metros de su hija, de su domicilio o de cualquier otro lugar que frecuente la menor durante seis meses. Además, el juez le impuso treinta días de trabajos en beneficio de la comunidad y la privación del derecho a la tenencia y porte de armas durante un año. Contra el fallo no cabe recurso porque fue dictado tras el acuerdo alcanzado entre el representante del Ministerio público y la defensa de la sospechosa. El juez no tuvo en cuenta ninguna circunstancia modificativa de la responsabilidad penal, es decir, ni agravantes ni atenuantes.
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