El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha desestimado el recurso interpuesto por Inmobiliaria Coruñesa contra el acuerdo del pleno municipal adoptado en enero de 2015 por el que se aprobó definitivamente la revisión y adaptación del Plan Especial de Protección y Reforma Interior de la Ciudad Vieja y Pescadería (Pepri). El demandante no estaba de acuerdo con la determinación de alturas y ocupación máxima de sus dos parcelas situadas en los números 14 y 16 de la calle Panaderas.

El recurrente argumentó en sus alegaciones en que existen casas frente a los solares que tienen más alturas, pero el tribunal señala que está "justificado" el límite impuesto por el Ayuntamiento. Así, indica que el Pepri a esos inmuebles ya no les reconoce la altura de ocho plantas, por lo que quedan fuera de ordenación parcial. "Para no dejar fuera de ordenación total ningún edificio, se reconoce la realidad y se mantienen las alturas de las edificaciones preexistentes si no hay razones de protección del patrimonio que lo desaconsejen", argumenta la sala, al tiempo que subraya que las viviendas del demandante "nunca tuvieron ni cinco ni seis alturas, y por ello no se les puede dar ahora".

En cuanto a la ocupación de las parcelas, el propietario exige al TSXG que ordene al Concello modificar el Pepri para que le permita que sea del cien por cien. El tribunal indica en la sentencia que la perito del demandante reconoce que "nunca ocuparon el cien por cien". Los jueces añaden que aunque no estuviese limitada por el Pepri, lo estaría por "la aplicación de las normas de habitabilidad, conforme a las cuales los patios han de respetar ciertas dimensiones".