A mediados de 2010, en plena crisis económica, era tal el volumen de condenas de Trabajos en Beneficio de la Comunidad por delitos contra la seguridad vial que muchos de ellos prescribieron. No había instituciones suficientes donde cumplirlos. "Hoy puede haber casos, pero no es una realidad generalizada", asegura el profesor de Derecho Penal de la Universidade da Coruña (UDC), José Ángel Brandariz. Los TBC funcionan, pero siguen siendo necesarios más recursos y una apuesta decidida por la atención pospenal.

- ¿Los TBC son una medida más eficaz que la prisión para la reinserción social?

-El sistema español en términos de reintegración funciona muy mal, porque más allá de declaraciones rimbombantes nunca hubo vocación de que fuese así. Incluso en la época franquista había instrumentos de reintegración que desaparecieron. El servicio pospenitenciario es el elemento central para la reintegración. En prisión no se reinserta, ni aquí ni en Noruega. El trabajo de reinserción se hace a la salida de prisión, es el momento crítico. Tenemos en mente que el sistema norteamericano es durísimo, pero tiene una inversión brutal en servicios pospenitenciarios.

- ¿Y España carece de ellos?

-El problema que siempre ha tenido nuestro sistema penal es que tradicionalmente pivotaba sobre dos medidas, la prisión y la multa. Una estructura del XIX inadmisible para poder construir un sistema penal que funcione. Hay muchas infracciones que no son tan graves como para merecer prisión y la multa no es suficiente porque es una sanción que tiene severos problemas de igualdad. Otros países imaginaron sanciones penales para casos de gravedad baja o media, pero España tiene la particularidad de que no cuenta con la pena más utilizada en los sistemas de nuestro entorno: la pena de libertad vigilada, que en España no existe materialmente. Hay algo parecido, la suspensión condicional.

- ¿Es ahí donde entran los TBC?

-En España los TBC funcionan como penas directas para un pequeño grupo de delitos, esencialmente infracciones leves.

- Entre ellos delitos de violencia de género. ¿Eso no es minusvalorar este problema?

-Lo que denominamos violencia son en realidad diez delitos distintos y la mayor parte de ellos bastante leves, en algunos casos, solo insultos. Respecto a estos casos son una sanción prioritaria por dos razones, una porque son casos excesivamente leves como para comportar prisión y también porque hay recomendaciones para no imponer multa en casos de violencia de género ya que se considera que acaba afectando al patrimonio familiar y por tanto también a la víctima.

- ¿Hacen falta más recursos para que funcionen los TBC?

-El sistema español tiene muchos recursos metidos en prisión, que funciona razonablemente bien, no para reintegrar, sino para sacar de circulación, pero la otra cara de la moneda es que los recursos que se invirtieron en penas que no son de prisión son muy escasos. Más allá de su filosofía, las penas funcionan si tienen las condiciones para ejecutarlos. Los TBC funcionan si se ponen recursos económicos, humanos y estructurales para ejecutarlos.