Entre los jueces, la idoneidad de los Trabajos en Beneficio de la Comunidad como respuesta para determinados delitos menores está fuera de toda duda. Su función resocializadora, asegura la magistrada de la sección primera de la Audiencia Provincial de A Coruña y miembro de la sala de gobierno del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), Teresa Cortizas, los avala.

- ¿En qué casos se imponen los Trabajos en Beneficio de la Comunidad (TBC)?

-La pena de trabajos es una pena no privativa de libertad, pero puede ser impuesta como pena principal, como sustitución de la pena o como forma de cumplimiento del impago de la multa. Se impone en casos de seguridad vial, violencia de género, impago de pensiones, hurtos de usos y determinados delitos contra la propiedad intelectual.

- ¿Son los TBC una medida adecuada para casos de violencia de género?

-Siempre son una alternativa a la prisión y en violencia de género también tenemos que considerar que si el hecho no es muy grave se puede imponer la pena de trabajos. Es una opción recogida por el legislador. Los Trabajos en Beneficio de la Comunidad tienen una parte reeducadora y resocializadora muy importante. La suspensión de penas en casos de violencia de género va condicionada a que participen en el programa de reeducación del maltratador.

- ¿La función resocializadora es la principal ventaja de los TBC?

-Sí. Además evita los perjuicios que lleva que una persona que delinque por primera vez o que es su segunda condena por seguridad vial entre en prisión. La idea es evitar los perjuicios de ingresar en prisión.

- ¿Los TBC funcionan, pero requieren una mayor inversión?

-(Asiente). En el caso de las ruedas de reconocimiento para cumplir los TBC va incluso mejor que antes. Aunque también es cierto que se da la paradoja del que no quiere ir a prisión pero tampoco hacer los trabajos.

- ¿El éxito de estas medidas requiere del interés que ponga el penado?

-De su voluntad por cumplirlos. Si uno elige los trabajos, pero va allí y todo son problemas, no van a funcionar y se ven en la obligación de cumplir la otra pena.

- Uno de los problemas actuales es que no hay plazas suficientes para cumplirlos.

-Porque la administración tiene que tener un determinado presupuesto. Si ofreces plazas de jardinero, el desembolso es distinto para un TBC que como oferta pública de empleo. Hoy en día hay muchas maneras de cumplir los trabajos, pero como se orienta a que el penado pueda compaginarlo con su actividad laboral la cuestión se complica. Si además quieren hacerlos en su localidad, es más difícil.

- ¿La prioridad es no interrumpir la vida del penado?

-La prioridad es que puedan seguir realizando sus tareas habituales. Por ejemplo, su trabajo.

- ¿Es necesario potenciar la imposición de estas medidas entre los jueces?

-Se impone siempre que se puede, pero requiere que el penado dé su conformidad.

- ¿Está el sistema judicial español enfocado hacia las penas de cárcel más que a la reintegración?

-Se opta por las dos penas. Antes podía existir cierto recelo, pero ahora se están cumpliendo.