La sección tercera de la Audiencia Provincial ha condenado a los propietarios de una casa en ruinas a reparar los daños causados por las filtraciones que ocasiona a una vivienda colindante. El tribunal ha desestimado el recurso presentado por los dueños del inmueble porque, a la vista de los informes periciales, concluye que "no existe duda" sobre que el origen de la humedad es la casa abandonada. El edificio, además, tiene vegetación en la cubierta, lo que, según el perito contratado por la perjudicada para realizar el informe, prueba "la existencia de tierra y empozamiento del agua de lluvia y, por tanto, una evidente falta de mantenimiento de su cubrición desde tiempo atrás".

Los recurrentes alegaron que en la sentencia de primera instancia se incurrió "en una valoración errónea" y que "en modo alguno puede compartirse la conclusión de que el origen de las filtraciones está en la falta de mantenimiento adecuado de la casa". El tribunal de la Audiencia Provincial argumenta que tratan "de combatir las apreciaciones probatorias" del fallo del Juzgado de Primera Instancia número 11 "discrepando de la valoración de los medios de prueba para tratar de imponer sus opiniones subjetivas".

Los magistrados sostienen que el recurso es "un alegato sobre posibles puntos hipotéticos por los que podría entrar el agua en el edificio", al tiempo que subrayan que "nada se ha demostrado, ni se practicó una prueba pericial a instancia del recurrente tendente a acreditar que esas hipótesis tienen visos de una mínima certeza". La Audiencia concluye: "Es una cortina de humo para ocultar las propias deficiencias de la casa".

El inmueble afectado por la humedad fue reformado y ampliado en 1999 y "desde hace unos años" sufre "humedades en la zona de cañón de la escalera". Los dueños de la casa en ruinas, tal y como les ordena la sentencia, contra la que cabe presentar recurso de casación, deberá realizar obras para evitar las filtraciones y reparar la pintura dañada de la vivienda perjudicada. El arreglo de los desperfectos, según consta en la demanda, ascendería a 410 euros más el 21% de IVA.