Un vecino de la ciudad que en el año 2016 fue condenado en siete ocasiones, todas ellas por delitos de hurto, se volvió a sentar en el banquillo de los acusados. Esta vez por robar en una farmacia un contorno de ojos y tres cremas. Cuando lo hizo, en julio de 2016, tenía vigentes órdenes de alejamiento de dos tiendas de Inditex. En abril de ese año un juez lo había condenado a la prohibición de entrar en el establecimiento Pull&Bear de la plaza de Lugo y en la tienda de Zara de Juana de Vega durante cuatro meses.

El procesado, un mes antes de cumplir las órdenes de alejamiento que le habían impuesto de los locales de Inditex, se dirigió a la calle de la Torre y accedió a una farmacia sobre la una de la tarde. Una vez dentro, consiguió esconder bajo su sudadera un contorno de ojos, cuyo precio era de 55 euros, y tres unidades de serum, cada una de las cuales costaba 110 euros. Tras hacerse con el botín, valorado en 385 euros, se dio a la fuga. El procesado fue grabado por las cámaras de seguridad del establecimiento, por lo que fue identificado por la policía. El delincuente fue reconocido por los agentes debido a sus numerosos antecedentes. La Fiscalía demandaba en su escrito de calificación que el imputado fuese castigado con tres años de cárcel por cometer un delito de hurto con la agravante de reincidencia. Antes del juicio, sin embargo, llegó a un acuerdo con la defensa del sospechoso sobre la pena y aceptó que fuese rebajada al pago de una multa de 360 euros y de una indemnización de 385 euros a la propietaria de la farmacia de la calle de la Torre. El imputado se mostró conforme con el pacto entre las partes, por lo que se declaró culpable ante el magistrado del Juzgado de lo Penal número 1, quien dictó sentencia oral en la sala. Contra el fallo no cabe recurso porque fue impuesto con el visto bueno de todas las partes implicadas en el proceso judicial.

Otro sospechoso aceptó ser castigado con dos años de cárcel por fracturar el cristal de la puerta de un restaurante de la Ciudad Vieja durante la madrugada del 15 de octubre de 2015. El procesado, una vez dentro del local, se apoderó de un jamón y siete botellas de ginebra y de whisky. El dueño del establecimiento renunció a toda indemnización que pudiera corresponderle porque los daños que le causó se los abonó el seguro. El acusado fue sentenciado como autor de un delito de robo con fuerza en las cosas con la agravante de reincidencia. El juicio no se celebró porque reconoció los hechos que le imputaba la Fiscalía ante el juez y se mostró de acuerdo con la condena.