Una mujer ha sido condenada por realizar pintadas amenazantes en el negocio de la compañera sentimental de su expareja. El magistrado del Juzgado de lo Penal número 2 de A Coruña la ha considerado culpable de un delito de daños y de otro leve de amenazas, por los que le ha impuesto una multa de 900 euros. Además, la ha sentenciado a la prohibición de comunicarse por cualquier medio con la víctima o aproximarse a menos de 200 metros de ella, de su domicilio o lugar de trabajo durante seis meses.

La imputada, según consta en el fallo judicial, en mayo de 2012, cuando tenía 45 años, realizó pintadas en la fachada de la gestoría de la víctima, en las que se leía: Puta, paga, puta, zorra. Un mes después, volvió a escribir en el exterior del negocio frases similares.

La procesada también obstruyó con silicona la cerradura de la puerta y rompió el cuadro del contador de luz, en el que depositó una nota manuscrita en la que "increpaba e intimidaba" a la denunciante. En concreto, escribió: Ladrona, déjate de subastas, si no, atente a las consecuencias.

El magistrado destaca que el comportamiento de la sospechosa había sido pareja del actual compañero sentimental de la víctima, con quien también tenía "problemas acerca de un inmueble que habían compartido en el pasado". Los desperfectos fueron tasados pericialmente en 751 euros. La afectada no reclamó su importe, pues solo se personó en el caso por la intimidación que sufrió. "Se parte de una confrontación entre la acusada y la pareja de la perjudicada. Confrontación que tiene como contenido precisamente la liquidación de una sociedad de gananciales y, en particular, de una casa en común, que finalmente se pone a subasta por falta de acuerdo", relata el juez, quien recalca que los mensajes "amenazantes e insultantes tienen referencias directas a la subasta de la casa". El magistrado añade como prueba la pericial caligráfica realizada a la sospechosa, que "no dejó dudas" respecto a que fue la autora de las pintadas y de la nota.

El titular de Penal 2 destaca en el fallo judicial que la intención de la condenada, a través de unas amenazas "no graves, pero claras", era "atemorizar" a la víctima "con la intención de condicionar su comportamiento".