¿Se puede condonar la deuda al Puerto? ¿Cómo? ¿Puede declararlo ilegal la Unión Europea? La Comisión Nacional de la Competencia y de los Mercados (CNCM), en un análisis de las novedades normativas de la UE de 2017, analiza que estos cambios permiten otorgar ayudas a los puertos marítimos. La Ley General Presupuestaria señala, eso sí, que no se pueden conceder "exenciones, condonaciones, rebajas ni moratorias" si no lo determina una ley, por lo que se necesitaría que una normativa lo autorizase.

La legalidad. La UE aprobó dos reglamentos en 2017, que atañen en parte a las ayudas a los puertos marítimos y de régimen económico de los puertos. La Comisión Nacional de Mercados y la Competencia las analiza en un informe del 5 de julio. El órgano fiscalizador indica que, con el cambio en los reglamentos, pueden otorgarse dichas ayudas y hacerlo sin notificarlo a la Comisión Europea, que es quien garante si algo es o no ayuda ilegal. "Con esta modificación", dice la CNMC, "las ayudas a los puertos marítimos, son categorías de ayudas que, si cumplen con las condiciones establecidas en el Reglamento, son compatibles con el mercado interior y quedan exentas de la obligación de notificación a la Comisión antes de su concesión".

Deudores y acreedores. En el caso de A Coruña, el Puerto debe 200 millones a Puertos del Estado. En el caso de Valencia, el Consorcio Valencia 2007, ente que gestiona ese espacio portuario desafectado, debe 350 al Instituto Oficial de Crédito, que financió las obras de la Copa América, proyecto estrella de los populares Camps y Barberá para la capital del Turia. El Gobierno central y el PSOE disienten del resto de partidos e indican que una cosa es condonar la deuda a un Consorcio, del que forma parte, y otra a una Autoridad Portuaria. Sin embargo, el Consorcio de Valencia está adscrito formalmente a la Administración general del Estado desde el año 2014, al igual que la Autoridad Portuaria, dependiente del Ministerio de Fomento a través de Puertos del Estado. Ambas son entidades públicas integradas en el sector público empresarial estatal, al igual además que el Instituto de Crédito Oficial. Todos están integradas en la Cuenta General del Estado.

La razón de la deuda. En A Coruña la deuda se contrajo en 2011 para la construcción del puerto exterior de Langosteira, con el objetivo de sacar los tráficos peligrosos y contaminantes del centro de la ciudad. En Valencia, en febrero de 2005 se suscribió una operación crediticia con el ICO de hasta 500 millones para financiar las inversiones en infraestructuras vinculadas a la celebración de la Copa América. Al igual que en A Coruña, parte de las obras se realizaron, por tanto, en terrenos del puerto, no de la ciudad. Y es que estos espacios no fueron desafectados hasta 2013, esto es, no dejaron de ser dominio público portuario hasta hace cinco años cuando el Estado las cedió al Ayuntamiento de Valencia. Este las dejó en manos de Consorcio para su explotación, de la que tendría que obtener "retornos" para devolver el crédito. Lo que está perdonando el Gobierno de Pedro Sánchez es el crédito del ICO para ejecutar infraestructuras en dominio público portuario, independientemente de que los trabajos se hiciesen para un uso deportivo". En consecuencia, el préstamo ICO financió obras portuarias, parte de ellas en dominio público portuario y que hasta 2013 no fueron completamente cedidos, superficies y terrenos, al Consorcio de Valencia y este al Consorcio.

El procedimiento. La condonación de cualquier deuda, según la Ley General Prespuestaria debe estar precedido por una normativa que lo autorice: "No se concederán exenciones, condonaciones, rebajas ni moratorias en el pago de los derechos a la Hacienda Pública estatal, sino en casos y formas que determinen las leyes". Por ejemplo, en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, ante la previsión de realizar una quita de la deuda de las Comunidades Autónomas (que no se llegó a concretar), se tuvo que introducir, una disposición adicional (centésima quincuagésima primera). En ella, se autoriza a aprobar, previo informe de diversos órganos, "incentivos a las Administraciones territoriales" que podrán "afectar total o parcialmente al importe de los créditos que ostente el Estado así como a sus condiciones financieras".