El Consello Consultivo, cuyas decisiones son vinculantes, considera nula la compra de dos pisos que ganaron el concurso convocado por el Concello para ampliar el parque inmobiliario municipal para alquiler social. Son los pisos de las calles Joaquín Martín Martínez y Santander, cuya revisión había solicitado el pleno el 12 de abril, en una sesión extraordinaria a iniciativa del PP, con un acuerdo que obtuvo los apoyos PSOE y el BNG y en el que se abstuvo el Gobierno local.

De los seis inmuebles que pasaron a formar parte del patrimonio municipal tras el concurso, solo uno está fuera de duda. Y es que, tras las dos resoluciones del Consultivo emitidas el 5 de septiembre, el Gobierno local iniciará un procedimiento de revisión de oficio de otros tres inmuebles, ya que el Consultivo insta a fiscalizar todas aquellas adquisiciones que incumplan las bases del concurso, sin flexibilidad en la interpretación de los requisitos que se establecen en ellas.

Uno de estos tres pisos es el de la calle Barrera, que la Asesoría Jurídica municipal ya entendía que podía no haberse ajustado a las bases, por tener una Inspección Técnica de Edificación con resultado negativo. Los otros dos, porque incumplen otro de los condicionantes del concurso: que el ofertante fuese el titular registral del inmueble en el momento de la solicitud, aunque después se subsanase la irregularidad.

El Consultivo considera que la compra de las viviendas de las calles Santander y Joaquín Martín Martínez -señaladas por el PP por ser propiedad de un fundador de Marea Atlántica- deben ser nulas porque, en el momento en el que se presentaron al concurso no cumplían los requisitos que se le exigían a las candidatas. Esto, según había denunciado la oposición y refrenda ahora el Consultivo, vulnera la libre concurrencia en el proceso. "Cualquier propietario de un inmueble que renunciase a la presentación de ofertas porque su propiedad no reúne los requisitos establecidos, podría considerarse perjudicado por interpretaciones extensivas que permiten acceder a la venta a quien no cumple las bases", argumenta el Consello Consultivo.

A pesar de que la conclusión es la misma, que la compra de las dos viviendas es nula, las resoluciones emitidas por el Consultivo son diferentes, una favorable y la otra desfavorable. La de la calle Santander es desfavorable, ya que el Concello defendía que la operación se había realizado respetando las bases de la convocatoria y no era nula. El órgano fiscalizador discrepa y aprecia irregularidades, principalmente, la existencia de huecos de luz a la vía pública. En las bases constaba como un requisito de aptitud para participar en el concurso, por lo que incumple "las exigencias establecidas" en la convocatoria pública.

En este caso, el Consello Consultivo también advierte de que no se puede basar la compra en "hipótesis o futuribles" ni en una "posible pero eventual y futura alteración de la distribución física del inmueble". Es por ello que la vivienda, en el momento de la transacción, no se ajustaba a las bases publicadas. Y es que, en las condiciones del concurso, se especificaba que las viviendas con dos habitaciones principales tenían que tener huecos de luz a la vía pública, salvo los que disponían de una única pieza principal. Esta vivienda de la calle Santander tenía dos entradas de luz, pero solo una daba a la vía pública. El propietario pedía 118.000 euros y el Concello le ofertó 91.290 euros, cantidad que fue aceptada por el dueño.

En el caso del informe de la vivienda de la calle Joaquín Martín Martínez, la resolución es favorable, ya que el Concello proponía la nulidad de esta operación porque la altura de la vivienda es inferior a los 2,5 metros que establece la ordenanza aplicable al plan general para el uso residencial.

"De este hecho, acreditado en el expediente, concluye que el inmueble no podría ser destinado a la finalidad de vivienda social prevista en las bases de la convocatoria y, en consecuencia, el acto de adquisición de la misma adolece de un requisito esencial, que determina su nulidad de pleno derecho", según explica el informe del Consello Consultivo. En este caso, se centra en la altura de la vivienda, que ya invalida su participación en el concurso y y considera "innecesario el análisis del resto de las causas invocadas por otros interesados en el procedimiento de revisión". Se refiere, por ejemplo, a que el inmueble estaba inscrito como oficina y no como residencia. Por el inmueble de la calle Joaquín Martín Martínez, el propietario pedía 73.000 euros, pero el Concello ofreció 54.575 euros, una cantidad que el dueño aceptó por la venta del piso.

En ambos casos, el órgano fiscalizador estima que estas viviendas, de formar parte de una bolsa municipal de alquiler social, no cumplirían el objetivo que figura en el enunciado del concurso, que es el de ofrecer "una vivienda digna" a familias con dificultades económicas.

En sus resoluciones, el Consultivo también emplaza al Concello a revisar todas las compras que incurran en irregularidades, por lo que someterá a examen la adquisición de otros tres inmuebles. Tras estos fallos del Consultivo, el Ejecutivo iniciará los procesos administrativos y judiciales necesarios para que las arcas municipales vuelvan a ingresar el dinero que invirtieron en los inmuebles y los propietarios reciban sus viviendas de nuevo. Los propietarios, con el traspaso firmado y escriturado, podrían recurrir a la justicia al sentir vulnerados sus derechos. En el caso de que el proceso, ante tal circunstancia, generase una indemnización, la oposición señaló que podría solicitar responsabilidad contable en el juzgado por las decisiones tomadas.

El edil de Rexeneración Urbana, Xiao Varela, que defendió el concurso el pasado lunes en el pleno ordinario, aseguró en abril que la mayoría de las irregularidades que se habían cometido en el proceso eran "menores y subsanables".