Se asoma una nueva batalla judicial con Tranvías. La segunda tras el contencioso que la empresa ha presentado contra el Concello por extinguir unilateralmente la concesión en noviembre de 2016, en aplicación de la misma normativa europea de 2007 concesión que ahora esgrime el Gobierno local para forzar la bajada de las tarifas del autobús. La concesionaria presentó 15 alegaciones al acuerdo que toma hoy la junta de gobierno. Solo una ha sido aceptada. El Ejecutivo, al aplicar desde enero de este año el recorte, pretendía retener ya casi un millón de euros de los pagos a la concesionaria. Tras atender la petición de la misma, el cálculo de la "sobrecompensación" se hará a cierre de ejercicio.

La compañía percibe "graves errores" en las estimaciones de los costes del servicio, sobre los que el Concello calcula la bajada de los precios. Rechaza que se fije solo un 6% como "beneficio razonable" para ingresar en sus arcas. Cuestiona conclusiones en torno a los costes de personal, de instalaciones, de la vida útil de los autobuses... El Concello defiende tanto el informe encargado a una empresa externa para fijar las nuevas tarifas, como otro elaborado por la UDC para confeccionar el pliego de condiciones para la próxima concesión del transporte colectivo urbano.

En la primera de sus alegaciones, Tranvías ve una "eventual nulidad" en el acuerdo por aplicarse sobre una concesión inexistente, ya que el propio Concello la ha dado por extinguida. El Gobierno local, a través de un informe de la directora de la Asesoría Xurídica -cargo municipal de confianza-, rechaza la alegación porque la concesión está prorrogada por dos años y sobre ella se pueden tomar acuerdos.

La respuesta municipal analiza en conjunto la segunda y la tercera de las alegaciones, en las que la empresa de la familia Prada alega que no se pueden modificar las condiciones económicas a través de un "acto unilateral de la Administración" y que se vulnera la aplicación de precios pactada en el convenio de 1986, "atentando contra un derecho esencial del contratista". Con el acuerdo de la junta de gobierno queda anulada la revisión del precio del bus a través de la fórmula polinómica que, según critica la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, está pensada para que nunca sea a la baja.

La réplica municipal argumenta que no hay una modificación de las condiciones del convenio "por razones de interés público", sino que se trata de "adaptar el régimen tarifario a la normativa comunitaria" de 2007, "de indiscutible aplicación al caso y de indudables efectos sobre la relación derivada del convenio suscrito en su día". Razona el Ejecutivo que la tramitación es la adecuada, que se le ha dado trámite de audiencia a la afectada y que pretende evitar una "sobrecompensación" contraria a Tratado de la UE.

"La propuesta elaborada por el Servizo de Mobilidade", señala la asesoría jurídica sobre el acuerdo diseñado y firmado por otro de los altos cargos de confianza del Gobierno local, "no está sino cumpliendo con un mandato del Derecho comunitario, que se aplica al año en curso pero que podría resultar de aplicación a ejercicios anteriores como también expresa la Comisión de Competencia". La alegación es, sin embargo, estimada, aunque no en el sentido que quiere Tranvías, incluyendo expresamente, no solo que se suprime el articulado que fija la revisión de precios a través de la fórmula polinómica, sino explicitando que se ajusta el contrato al derecho comunitario.

Por otro lado, la compañía no considera a la Junta de Gobierno Local un órgano competente para tomar la decisión, sino que debe pasar por el Pleno porque la Ley de Contratos del Sector Público obliga a que se regule a través de una ordenanza. Contradice en su informe la Asesoría Xurídica que el servicio de transporte urbano se reguló a través de una ordenanza de carácter no fiscal en 1992 y que esta no se modifica, sino que sigue en vigor "excepto en las partes que debe ser inaplicadas por resultar contrarias" al reglamento de 2007. Tranvías alega que la potestad del control de precios corresponde a la Xunta y el Concello afirma que los cambios se someterán a su autorización.

Como excepción, sí se acepta la alegación octava de la firma en contra de que le fuesen descontada ya la cantidad de 923.362 euros por los siete primeros meses de 2018. El Concello acepta que se realice el cálculo de la posible sobrecompensación a partir de enero con el ejercicio cerrado. Duda la compañía del dictamen de Competencia y señala que esta comisión no tiene potestad para determinar qué es y qué no ayuda de estado. Asesoría Xurídica replica que es un organismo "de máximo prestigio y de gran conocimiento del sector del transporte urbano" y que, aun no siendo su informe preceptivo ni vinculante, "debe ser atendido y considerado".