La Xunta se ampara en la jurisprudencia del Tribunal Supremo para inhibirse en la bajada de tarifas del autobús urbano de A Coruña. Un informe de la Asesoría Jurídica de la Consellería de Industria ratifica las hipótesis que le propusieron los responsables del departamento autonómico para quedarse al margen e indica que la Comisión de Prezos de la Administración autonómica, órgano encargado de autorizar o denegar las revisiones de los precios del transporte municipal, no se tiene que pronunciar porque solo tiene potestad en caso de que se quiera elevar lo que paga el ciudadano. El Concello señala que espera por la notificación oficial de la resolución autonómica pero recuerda que, de acuerdo con lo aprobado por la junta de gobierno, la bonificación se comenzaría a aplicar el 1 de enero de 2019.

El Gobierno local aprobó en junta el 26 de septiembre una rebaja en el precio de los autobuses urbanos de diez céntimos, tanto en el billete único, el bonobús general y el social. El acuerdo incluye además la gratuidad para los menores de 14 años -hasta ahora solo viajaban sin pagar los de cuatro- y de todos los transbordos. El billete pasaría de 1,30 a 1,20. El bonobús general, de 85 a 75 céntimos, y el social, de 33 a 23. "En estos momentos, estamos a la espera de recibir la notificación por parte de la Comisión de Prezos", manifiesta el Concello, que añade que, "de cualquier forma, el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local especifica que la aplicación del nuevo marco tarifario iniciaría su aplicación el día 1 del mes siguiente a la comisión" y que "ese es el marco" en el que trabajan.

La comisión se reunió ayer para firmar una decisión que avanzó el presidente autonómico el martes en A Coruña tras un encuentro con el alcalde, Xulio Ferreiro. Con toda probabilidad, el asunto acabará en los tribunales, ya que la Compañía de Tranvías considera que el Concello pretende un "acto unilateral" que, para la concesionaria, cambia ilegalmente las condiciones del contrato firmado en 1986, que establece una fórmula polinómica que solo contempla la revisión de tarifas al alza. Al concluir que no es su potestad pronunciarse sobre la bajada de tarifas, el Gobierno gallego desaparece de la ecuación en caso de que exista algún recurso.

La Consellería de Industria es la que convoca la Comisión de Prezos, de la que forman parte otros departamentos autonómicos y entidades como la Cámara de Comercio o la Asociación de Amas de Casa, Consumidores y Usuarios. La decisión autonómica que fue ayer a Comisión se basa en un informe no vinculante de la Asesoría Jurídica. En él, "tomando como hipótesis de trabajo las presentadas" por la consellería, ratifica que el Gobierno gallego solo debe pronunciarse en caso de que se pretenda una subida de tarifas y no una bajada, como es el caso.

Las conclusiones se fundamentan en varias sentencias del Supremo que, en conflictos de naturaleza diferente a la del coruñés, repiten en su interior un argumentación en este sentido. Un fallo es de 1998 y se emite después de que la Junta de Andalucía autorizase una subida del bus en Cádiz a propuesta de la compañía concesionaria y no del Ayuntamiento. Otro es de 2003, y es un recurso de una federación guipuzcoana de consumidores porque el Ayuntamiento de San Sebastián y su asociación de taxis subieron las tarifas sin pedir autorización al Gobierno vasco.

Ambos fallos razonan que los concellos ostentan "potestad tarifaria" pero esta está limitada "y debe respetar la política de precios señalada por el Gobierno que ejerce a través de sus autorizaciones, siempre que aquella pretenda aumentar las tarifas". Esto es, el Concello es competente para variar los precios pero el Gobierno gallego debe dar su visto bueno, primero, para velar por una política de precios "tendente a controlar los procesos inflacionarios de la economía", y segundo, para comprobar que el aumento esté justificado por los costes de explotación. En virtud de las sentencias, si las tarifas no se incrementan, la intervención de la Xunta supondría "invadir" las competencias municipales.