El Concello podrá borrar de forma directa, con la nueva ordenanza de limpieza, solo las pintadas en fachadas exteriores de edificios residenciales de la vía pública que formen parte del conjunto histórico-artístico de la Ciudad Vieja, sean bienes declarados de interés cultural e inmuebles protegidos por ley. Esta acotación en la actuación es uno de los cambios introducidos por el Gobierno local en la modificación de la ordenanza que someterá a votación en el pleno del próximo lunes, después de que el interventor municipal cuestionase esta semana en su informe la "excesiva amplitud" de la intervención directa del Ayuntamiento, lo que abría la vía a la concesión de ayudas discrecionales y a la realización de injustificadas actuaciones de oficio en las fachadas. Para el resto de edificios residenciales privados de la ciudad, el Ayuntamiento abrirá una convocatoria para la limpieza de las pintadas siempre que estén en fachadas que den a la vía pública.

La nueva redacción de la ordenanza, propuesta tras las presiones del PP y el PSOE por el exceso de pintadas en las fachadas, limita las intervenciones directas a edificios que en su mayor parte están ubicados en el ámbito del Plan Especial de Protección de Reforma Interior (Pepri) de Ciudad Vieja y Pescadería, entre ellos Bienes de Interés Cultural (BIC) e inmuebles que tienen el amparo de la ley de patrimonio cultural de Galicia. "En nuestra redacción se concentran de forma precisa y taxativa la razón justificativa de interés público que permite justificar la intervención: la protección del patrimonio cultural", expone el Gobierno local en el informe sobre la modificación de la ordenanza que ayer pasó por la Comisión de Medio Ambiente.

La redacción definitiva de la modificación de la ordenanza municipal de limpieza, que la semana pasada fue tratada en la Junta de Gobierno Local, recibió solo la aprobación del grupo del Ejecutivo en la comisión de ayer y los tres grupos de la oposición se abstuvieron, voto que podrá ser distinto al del pleno del próximo lunes.

Antes de este cambio, el texto permitía al Concello actuar directamente en fachadas privadas que den a la vía pública, "cuando por la gravedad de la situación concurra una razón imperiosa de interés público de primer orden, como la protección del orden y la seguridad pública, la promoción turística y comercial de la ciudad, la protección del medio ambiente y del entorno urbano, la conservación del patrimonio histórico y artístico y los objetivos de la política social y cultural".

Intervención dudaba de que este artículo de la ordenanza tuviese amparo en ninguna ley sectorial concreta y analizaba los diversos supuestos de gravedad abiertos por el Ayuntamiento. En el caso de la necesidad por "protección del orden y la seguridad pública", el informe considera que no atisba ningún supuesto en el que una pintada pueda generar una situación de emergencia. También cuestiona que se trate de "vincular" la situación de gravedad con "la promoción del comercio y el turismo y los objetivos de la política social y cultural". Razona además que, dada la "amplitud de interpretación" de estos conceptos, el procedimiento podría "generalizarse" y usarse para "la concesión directa de ayudas sin justificación alguna más que una consideración subjetiva de una situación de gravedad de muy difícil valoración".

Otros dos artículos de la ordenanza sufren modificaciones. Los beneficiarios de las ayudas para la limpieza de pintadas deberán acreditar que están al corriente en el cumplimiento de sus "obligaciones económicas" y con la Seguridad Social, después de que Intervención dudase de la exigencia de estar al día en las "obligaciones tributarias" con la Administración al tratarse de ayudas en especie para las que el órgano municipal no veía como dar solución.

El otro cambio recoge que la convocatoria de subvenciones deberá ser publicada en el Boletín Oficial de la Provincia y en la página web del Concello, frente al artículo anterior que establecía la publicación en el Diario Oficial de Galicia, además del sitio del Ayuntamiento en internet.