La interpretación por el jurado del atropello mortal en el que perdió la vida en octubre de 2017 Jamal B., de 24 años, como un homicidio doloso y no como un asesinato permitirá a J.G.V.O., el joven que conducía el coche, beneficiarse de una sustancial reducción de la pena que inicialmente solicitaban la Fiscalía y la acusación particular y que será decidida por el magistrado en los próximos días.

El Ministerio fiscal había calificado los hechos, en los que el acusado arrolló en el paseo marítimo a tres jóvenes con los que poco antes había mantenido una discusión en un pub, como un asesinato consumado y otros dos en grado de tentativa, por lo que reclamaba para él una condena que sumaba 49 años.

Pero el veredicto del jurado detalló ayer en la Audiencia Provincial que no considera demostrado que el joven, de 21 años, "actuase con alevosía por el escaso tiempo transcurrido entre el avistamiento de las víctimas y el atropello". Es por ello que entiende lo sucedido como un delito de homicidio doloso y otros dos en grado de tentativa.

Ante ese fallo, el fiscal pidió ayer una condena de diez años por el homicidio y de otros cinco por cada uno de los intentos, al tiempo que rechazó la existencia de atenuantes por dilaciones indebidas y por la confesión del acusado. Para justificarlo recordó que solo han transcurrido quince meses desde los hechos y que no ha sido necesario prorrogar la prisión provisional en la que se haya el joven desde entonces. Sobre la confesión, negó que hubiera existido en realidad porque tras afirmar en el momento de su detención que había atropellado intencionadamente a los tres jóvenes, durante la vista oral se retractó y declaró que solo había tratado de "darles un susto", versión que proporcionó tras atribuir la anterior al consejo de un falso abogado en el momento en que fue apresado por la policía.

La acusación particular también se opuso a que se considerasen esas dos circunstancias atenuantes y solicitó una pena de quince años por el homicidio y de diez por cada una de las dos tentativas. El letrado que defiende los intereses de la familia del fallecido reclamó una compensación para la madre de 70.000 euros por el perjuicio básico, de 400 por el daño emergente y de 17.500 por un perjuicio excepcional, además de 15.400 euros para cada uno de los cinco hermanos mayores de treinta años y de 20.400 euros para los otros cinco que no alcanzan esa edad.

La defensa del acusado resaltó que este nunca negó su participación en los hechos y solicitó una condena de tan solo cinco años por el homicidio y de dos años y medio por cada tentativa, al tiempo que recordó que uno de los implicados resultó ileso y otro solo sufrió unas lesiones leves.

El letrado que representó a la compañía aseguradora del vehículo apreció existencia de culpa en la víctima del atropello por haber cruzado la calzada por un lugar inadecuado, por lo que planteó que se reduzca la indemnización reclamada. También se opuso al pago de los gastos del tanatorio por no haberse acreditado que los pagaron quienes solicitan la compensación, así como a que se abone la indemnización por perjuicio excepcional a la madre de la víctima al considerar que no se produce esa circunstancia.