La Fiscalía Provincial de A Coruña ha archivado, sin presentar querella, la diligencias abiertas tras la denuncia del PP por la compra de vivienda para alquiler social en el Ayuntamiento. El Ministerio público cierra su investigación al no apreciar "trascendencia penal" en las "deficiencias denunciadas" por los populares, según ha informado en un comunicado público emitido este mediodía.

El PP dirigía su denuncia contra los tenientes de alcalde de Rexeneración Urbana, Xiao Varela, y de Contratación, Alberto Lema, por la compra, en concurso público, de dos viviendas propiedad de un firmante del manifiesto fundacional de Marea Atlántica. También la extendía al alcalde y al resto de miembros del Ejecutivo local que intervinieron en el proceso como miembros de la Junta de Gobierno Local. A juicio del PP, los pisos incumplían las bases de la convocatoria. El Ayuntamiento ha revisado de oficio esta compra después de que el Consello de Consultivo de Galicia le instara a ello porque las viviendas incumplían las condiciones del concursoConsello de Consultivo de Galicia.

Tras abrir diligencias de investigación, la Fiscalía concluye que la comisión municipal de valoración, constituida por técnicos en urbanismo, tenía como una de sus funciones, según las bases del concurso, la verificación de las ofertas respecto del cumplimiento de las condiciones técnicas y la situación urbanística de los inmuebles ofertados.A juicio del Ministerio Público, no existe “ningún dato del que pueda derivarse connivencia de sus componentes con los denunciados”, lo que impide apreciar en las resoluciones de los miembros del Gobierno local una “patente contradicción o contrariedad con el ordenamiento jurídico”, por lo que la ausencia del control del acuerdo favorable de la Comisión de Valoración carece en este caso de “repercusión penal”.

La Fiscalía resalta en su decreto de archivo de la investigación "el peso que tienen dos circunstancias". "Por una parte, que algunos de los defectos atribuidos a los dos inmuebles objeto de la denuncia fueron debatidos y admitidos como subsanables por la Comisión al afectar a un alto porcentaje de los inmuebles ofertados en el concurso, lo que dio lugar, después de los dictámenes del Consello Consultivo, a la apertura de expedientes de revisión de tres pisos más de propietarios en los que no consta que concurrieran las circunstancias de afinidad que se atribuyen al titular de los dos inmuebles objeto de la denuncia. Y por otra parte, que el defecto más llamativo concurrente en el inmueble de la calle Joaquín Martín, la licencia de local, debatido por la Comisión, fue admitido porque se constató que en el mismo edificio se había concedido el cambio de uso para vivienda en el año 2011 [por el Gobierno del popular Carlos Negreira] al piso de al lado de la misma planta del edificio".

Respecto a la actuación del alcalde y la Junta de Gobierno Local después de la formalización de las escrituras, el PP apuntaba en su denuncia a presuntas responsabilidades penales "por no impedir la consumación de las adquisiciones y no iniciar en tiempo y forma los expedientes de revisión de oficio ante el incumplimiento de las bases de los dos inmuebles en lo que se refiere a superficie mínima y usos", señala Fiscalía.

El Ministerio público señala que “la urgencia en el otorgamiento de las escrituras no cerró la posibilidad de impugnar las resoluciones”. Señala además que la decisión del Gobierno local de incoar los expedientes de revisión minutos antes de que así se aprobara en el pleno extraordinario forzado por el PP para tratar la compra de los pisos, y las tres juntas de gobierno celebradas para la revisión de oficio del concurso "parecen responder a un atropellado intento de reparación que, sin embargo, no pueden calificarse de absolutamente contrarias al ordenamiento jurídico".

El punto más cuestionable, según el Ministerio Fiscal, es que el alcalde no convocase el pleno extraordinario solicitado por el PP. Sin embargo, la Fiscalía apunta que "tal omisión carece de trascendencia penal" porquela sesión sí llegó a celebrarse, convocada por el Secretario General del Pleno, como dicta el reglamento orgánico municipal.