El litigio por la licencia ilegal otorgada en 1997 por el Gobierno local de Francisco Vázquez para la rehabilitación de la antigua sede de Fenosa cerró ayer 22 años de recorrido por el Tribunal Superior, el Supremo y el Constitucional, con idas y vueltas de uno a otro. El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, que en 2001 sentenció el inmueble a la demolición, evita ese mismo derribo 18 años después al aceptar el acuerdo entre las partes -demandante, Ayuntamiento y propietarios-. Ese pacto, surgido de la mediación judicial, se ha rebelado como "la única alternativa" ante una demolición que "plantea serios problemas en su ejecución", y "preserva el interés público en el restablecimiento de la legalidad", según señala el Tribunal en el auto hecho público ayer.

La resolución concreta los argumentos legales con los que la Sala de lo Contencioso-Administrativo homologó la pasada semana, por diez votos a cuatro, el acuerdo. A juicio del Tribunal, el pacto consigue un "equilibrio" entre la "indemnización moral" a los demandantes, "los intereses" de los 400 vecinos y cien trabajadores del edificio, la adopción de medidas que eviten ilegalidades semejantes y "el mantenimiento de la paz social" en la ciudad. Esa "paz social", a la que se hace referencia en el auto en dos ocasiones, estaba amenazada, según el Tribunal, por los recortes en servicios públicos y subidas de impuestos que debería afrontar el Ayuntamiento para recaudar los 59,5 millones de euros que tendría que pagar en caso de derribo.

La sala, por mayoría, defiende dos preceptos para aceptar el acuerdo, rebatidos en los votos particulares de cuatro magistrados: el pacto conlleva la ejecución de la sentencia y la reposición de la legalidad, y la indemnización de los 2,95 millones de euros que pagará el Ayuntamiento al demandante está justificada y "procede del desarrollo del proceso y su duración durante muchos más años de los que serían previsibles y deseables". El Concello también prevé una indemnización de hasta 12.000 euros para los propietarios que renuncien a exigirle responsabilidades en los tribunales.

"No se trata de un supuesto de inejecución de sentencia, sino de todo lo contrario: una forma alternativa de llevar a cabo su ejecución", señala el Tribunal. Esa reposición de la legalidad, acordada por las partes y avalada por el Superior, llegará con una modificación del Plan General de Ordenación Municipal que dé al inmueble la categoría de "edificio singular" y con la ejecución de obras que le permitan obtener licencia y adecuarse a la normativa de habitabilidad y edificación.