La sentencia del Supremo al que se refiere el juez para descartar la responsabilidad patrimonial se refiere a un tanatorio construido en Montecelo, Pontevedra. El edificio fue derribado por la administración autonómica casi una década después de que en 2001 el mismo tribunal confirmarse en una sentencia la anulación de una autorización previa concedida por la Xunta. En la actualidad, la parcela donde estaba ubicado el inmueble es utilizada como aparcamiento para decenas de usuarios del hospital, a pocos metros de allí.