La Audiencia Provincial ha confirmado la condena de dos años de internamiento y otro de libertad vigilada con asistencia educativa a un menor de 16 años por ser el autor de cuatro delitos de agresión sexual a su hermana, de menos de trece, con prevalimiento, es decir, valiéndose de su superioridad o de la confianza que la víctima había depositado en él.

La Audiencia desestima la apelación formulada por la defensa del acusado, que solicitaba que no tuviese tanto peso la declaración de la víctima, y que se tuviese más en cuenta la suya. "Una versión de los acontecimientos muy distinta" de la que consta en los hechos probados de la sentencia. La sala de la Audiencia, sin embargo, no estima este recurso, ya que defiende que el relato de la pequeña, hermana del acusado, es veraz porque cumple, según los peritos psicólogos, once de los 19 criterios de su método de análisis. A esto suman que "la menor no se muestra sugestionable".

"Precisamente, algunos errores y rectificaciones dan fe de la espontaneidad y verosimilitud del testimonio", explica en su escrito, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial. "Una gran precisión sería sugestiva de preparación previa y, por tanto, de simulación, especialmente, dada la inmadurez de la menor", alega la sala, que estima que no pueden fructificar tampoco los intentos de "desacreditar a la niña" haciendo referencia a su pretendido carácter "fantasioso y mentiroso", ya que no ha quedado probado en el juicio.

La sala también tiene en cuenta que no existía mala relación previa a las agresiones sexuales entre los hermanos. Es por ello por lo que la declaración de la pequeña cuenta con los requisitos exigidos para ser "prueba de cargo única".

La defensa del acusado también intentó alegar que, en caso de duda, la sala tendría que inclinarse en favor del acusado, aunque la Audiencia no considera que se haya vulnerado en ningún momento la presunción de inocencia del joven. Es por ello por lo que desestima el recurso de apelación contra la sentencia del Juzgado de Menores número 1 de A Coruña. Contra esta decisión no cabe recurso.

En este fallo, la magistrada impone al menor como autor de cuatro delitos de agresión sexual a una menor de trece años „su hermana„ con prevalimiento a dos años de internamiento en régimen cerrado complementada con una medida de doce meses de libertad vigilada con asistencia educativa. El objetivo es, según explican, que trabajen en las "dificultades observadas en el menor, la empatía y el control de impulsos".