El sellado de los vasos de Nostián suma su enésimo capítulo judicial. La empresa ha mantenido en los últimos años que, como titular de la planta, es el Concello quien tiene que cerrar los depósitos colmados. La Xunta ordenó a la concesionaria que procediese ella a sellar tras un recurso municipal y le impuso una multa por no hacerlo. A meses de que expire la concesión, el conflicto sigue. Albada aducía que ya había presentado un proyecto y que solo esperaba a que la Administración municipal lo autorizase. Pero el Gobierno local se negaba a hacerlo al entender que, con la forma que le había dado al requerimiento, la UTE pretendía que fuesen las arcas municipales las que asumiesen los más de 3,5 millones de euros que cuesta la actuación. El Tribunal Superior, en una sentencia reciente, ordena al Concello tramitar el proyecto presentado. Estima solo parcialmente el recurso de la concesionaria, que exigía, directamente, que lo aprobase. El Gobierno local informa de que, antes de la sentencia, el 3 de diciembre, resolvió la tramitación de la licencia.

Los vertederos de rechazos 2 y 3 de Nostián se llenaron mucho antes de lo previsto (2002 el primero y 2007 el segundo). Nostián recibió en 2010 la autorización para ejecutar las obras del sellado, y Albada, según ha alegado estos años, redactó el proyecto de ejecución a comienzos de 2011 y lo modificó para adaptarlo a la normativa en 2014. Los gobiernos locales del PSOE-BNG y PP llegaron a incluir partidas en el presupuesto para la obra que no aplicaron.

La Xunta, en julio de 2015, hizo, a través de la autorización ambiental integrada para la planta, responsable al Concello del sellado pero el Gobierno local, apoyado en la ley de vertederos, recurrió. La Xunta rectificó y Albada lo llevó al juzgado. En noviembre de 2016, el Superior rechazó suspender cautelarmente la orden como pidió Albada y mantuvo el plazo de un año para abordar los trabajos. La Consellería impuso una multa a Albada de 60.000 euros, también recurrida.

La consecuencia inmediata de la reciente sentencia del Tribunal Superior, firmada el 14 de marzo, es que la concesionaria podría incorporarla a los contenciosos presentados para no pagar dichas sanciones. Sin que el Concello le haya concedido el permiso, puede argumentar, es imposible cumplir la orden.

El Concello alegó sin éxito ante los magistrados del Superior que no le concedía la licencia porque ya contaba con el permiso ambiental del Gobierno gallego. El fallo, sin embargo, entiende que, en el ejercicio de las competencias municipales, el Concello está obligado a tramitar la licencia. El fallo indica que la autonómica es competente en materia de residuos y la municipal, con competencias urbanísticas, debería haber hecho su parte: "estaba obligada a hacerlo no después sino, cuando menos, de forma simultánea o coordinada" con la Xunta. El TSXG rechaza que la licencia tenga que ser aprobada automáticamente, como exigía la empresa. Al no constar "en los autos la adecuación del proyecto a la normativa urbanística „no hay ningún informe municipal„, no procede declarar la obligación de aprobar sino de tramitar y resolver teniendo en cuenta que el proyecto ya dispone de evaluación ambiental".

El Concello tiene que analizar el proyecto y su adecuación a la normativa, pedir cambios, aprobarlo o rechazarlo, bajo el riesgo de que, tal y como el Ejecutivo local advirtió, pueda suponer que las arcas municipales tengan que asumir los trabajos. La concejal de Medio Ambiente, María García, afirma que el expediente está tramitado desde el 3 de diciembre y que ahora espera a que Albada presente una comunicación previa y la documentación necesaria para llevar a cabo el proyecto. Así lo dictaminó en noviembre el departamento municipal de Edificación y Disciplina Urbanística.