La negativa de la Autoridad Portuaria de A Coruña de facilitar las actas de su consejo de administración entre los años 2015 y 2018 a un particular no es el único caso que ha tenido que examinar el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. El órgano estatal, que vela por el cumplimiento de la normativa de acceso a la información, ya ordenó a los Puertos de Vigo, Gijón y Barcelona que permitieran consultar documentación a ciudadanos u organizaciones que lo habían solicitado.

Todos los casos sucedieron el año pasado y, en todos, las alegaciones fueron similares: la pérdida del secreto y confidencialidad de las deliberaciones de los miembros del consejo y la existencia de datos personales en la documentación requerida. Misma contestación dio también Transparencia, colocando al derecho al acceso a la información por encima de la gestión interna de las entidades. En la resolución sobre A Coruña, recurrida ante los tribunales por el Puerto coruñés, el órgano estatal cita estas situaciones similares, destacando la de Gijón, en la que la solicitud era la de obtener las órdenes del día, actas y resoluciones del consejo de administración entre 1996 y 2017, información "idéntica" „aunque diferente número de años„ a la que pedía el particular en la ciudad. Además, el informe también apunta a que la denegación por parte de la administración asturiana "se basó en los mismos argumentos".

En el caso de Vigo, fue un sindicato el que solicitó, al modificarse en uno de los consejos de administración el organigrama de la institución, tanto el plan de empresa para el año 2018 como un acta de la reunión de febrero de ese año. El consejo reprocha al Puerto que no "consta" que el plan de empresa anual "sea confidencial" y apunta que "varias autoridades portuarias, entre ellas, la de Vigo, han hecho públicos con anterioridad dichos planes de empresa relativos a otros años".

Pese al apoyo a la central sindical en el expediente, sí que advierte de que la labor sindical debería usar otros cauces, "no debiendo utilizarse la vía de la reclamación ante este Consejo de Transparencia como medio usual para el ejercicio de esos derechos de representación laboral". Por ´último, Transparencia también dictó a favor de un solicitante que pedía al Puerto de Barcelona acceder a las actas de los consejos de administración celebrados en 2017 y 2018 aunque reconoció que, al tratarse asuntos que afectan a un número elevado de personas, debía "anonimizarse" sus nombres u otros datos personales.

En la resolución que afecta a la Autoridad Portuaria coruñesa, el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno destaca que la obligación de hacer pública información relativa a los órganos colegiados sujetos a la ley que versa sobre este tema llega hasta el propio Gobierno central. En el expediente, se recuerda que los órdenes del día y las actas del Consejo de Ministros y de las reuniones preparatorias, de la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios, son susceptibles de acceso por parte de la ciudadanía tras una resolución que data de 2016, como también lo son, en base a otro informe, de 2017, las de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.

El órgano estatal también motiva en su escrito los pronunciamientos judiciales que varios tribunales han dictado sobre el derecho a recibir documentación de administraciones públicas. Específicamente, nombra tres de contenciosos administrativos de Madrid, de 2016 y 2018, y una del Supremo, de octubre de 2017. Dos de los fallos apuntan a la necesidad de realizar un "test de daño" para denegar el acceso a la información así como otro "de interés público en la divulgación". "Los límites han de motivarse, interpretarse y aplicarse de modo razonado, restrictivo y aquilatado", explica uno de los jueces.

En el caso de la sentencia del Supremo, los magistrados explican que la norma "obliga a interpretar de forma estricta, cuando no restrictiva, tanto las limitaciones al derecho como las causas de inadmisión, sin que quepa aceptar limitaciones que supongan el menoscabo injustificado y desproporcionado del derecho de acceso a la información". El Consejo se escuda en estas resoluciones ante la Autoridad Portuaria de A Coruña que ha decidido que sean los tribunales los que ratifiquen o no su negativa.