El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia rectifica al juzgado de lo Contencioso y frena la orden de devolver de manera "inmediata" a sus plazas de origen al 10% de la plantilla municipal, que ha estado ocupando un puesto en comisión de servicios más allá de los dos años legales10% de la plantilla municipalcomisión de servicios. El Alto Tribunal gallego entiende que el Concello de A Coruña nunca ha negado la situación irregular de estos más de 150 funcionarios y avala, como defendieron los letrados municipales en su recurso, que se le esté poniendo solución a través de la convocatoria de un concurso interno, un proceso emprendido antes de la presentación de la demanda de la CIG, destaca.

La sentencia del Superior, que la concejalía de Personal reenvió ayer a toda la plantilla municipal, razona que el juzgado tendría que haber considerado esta circunstancia y las consecuencias de mover a 150 funcionarios de "distintos departamentos y unidades organizativas". Así, concluye que una medida como el "cese inmediato" de las comisiones de servicio ilegales "sí se puede considerar desproporcionada y por tanto debe ser revocada".

Esto no quiere decir que se legalicen las comisiones de servicio ni que se anule la orden de cese del primer juzgado, sino solo su carácter inmediato, por lo que los magistrados advierten de que la fecha de ejecución de sentencia y la devolución de los funcionarios a sus puestos de origen, se determinará "en función del avance y de la actitud más o menos diligente del Concello de A Coruña en la celebración y terminación de los procesos selectivos". Esto quiere decir, en la práctica, que si los responsables municipales no tramitan y resuelven los concursos con agilidad, el juzgado ordenaría el cese de los funcionarios afectados.

La ejecución "inmediata" del cese habría causado todo un terremoto en la Administración municipal: cada uno de los implicados tendría que haber regresado a la plaza a la que está adscrito realmente y hubiese arrastrado con ello a los interinos que actualmente los están sustituyendo.

Según la denuncia de la CIG, uno de cada diez trabajadores municipales está afectado, al superar los dos años máximos permitidos para este tipo de nombramientos, que la ley dice que deben ser excepcionales. La central sindical estimaba, a finales del pasado año, que había 177 personas adscritas a puestos en comisión de servicios: 27 del Gobierno de PSOE y BNG, 71 del Partido Popular y 79 de Marea Atlántica. El actual Ejecutivo municipal replicó que ya había abierto el concurso, el primero en diez años, para acabar con la situación de "temporalidad" de buena parte de la plantilla municipal y cuya primera fase se circunscribe a 227 plazas.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia acepta, como pidió el Concello, que las destituciones no sean inminentes y se solucionen a través del concurso. El fallo subraya que, "a la fecha de la presentación de la demanda, el 21 de mayo de 2018, alguno de los procesos selectivos ya estaba en marcha".

En la sentencia, del pasado 20 de marzo, el TSXG argumenta que el juez de instancia debería de haber tenido en cuenta "otra realidad que se deduce igualmente de la documentación incorporada", que "un mes después" de que el sindicato CIG presentase el escrito al Gobierno local "en el que solicitaba que no se produjesen más comisiones de servicios y que se pusiera en marcha el concurso de provisión de los puestos de trabajo ocupados mediante adscripción provisiona o en comisión de servicios", tuvo lugar la aprobación previa de la Relación de Puestos de Trabajo, necesaria para la oposición. "Tres meses después", prosigue el Superior, "se inició una mesa técnica formada por representantes de secciones sindicales, entre ellas la aquí recurrente, para el estudio y elaboración de un borrador de las bases genéricas para el concurso". Tras varias reuniones, la mesa aprobó las bases, "con el único voto en contra de la CIG".

Para el Alto Tribunal Gallego, dada "la sucesión cronológica de los hechos", la denuncia de la central sindical "parece obedecer no tanto a la necesidad inmediata de poner fin a una actitud renuente de la Administración" para cubrir los puestos afectados de manera legal, sino "a la necesidad de exteriorizar su disconformidad con el proceso de negociación de las bases de los concursos de méritos, con las que había votado en contra en el seno" de mesa de negociación entre el Gobierno local y los sindicatos.

El área de Personal envió ayer la sentencia a la plantilla, explicando a los funcionarios que "se elimina del fallo la exigencia de cesar con carácter inmediato" las comisiones y adscripciones ilegales "por resultar desproporcionadas y estar en trámite la provisión de puestos afectados".