El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de A Coruña no ha admitido el recurso presentado por la Conferencia Intersindical Galega (CIG) contra el Concello, por aplicar el incremento salarial de los miembros de la Policía Local y la modificación de la relación de puestos laborales. El juzgado entiende que el sindicato no está legitimado para solicitar que no se cumpla el acuerdo al que llegaron las partes para subir la retribución de los agentes del 092, ya que considera que no lo hace para obtener "una ventaja o utilidad genérica".

Es por ello por lo que el juzgado condena al sindicato a pagar las costas del proceso, hasta un máximo de 400 euros en favor de cada una de las tres partes personadas, la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), mayoritaria en el cuerpo, al presidente de la Asociación Profesional de Policía Local, Manuel Aceña, y al Concello.

La CIG basaba su recurso en "la falta de negociación y en la ausencia de fijación de criterios técnicos" y de valoración de los puestos de trabajo.

La central sindical presentó un recurso contra el acuerdo de la Junta de Gobierno Local del 31 de agosto del año pasado, en el que se aprobó la modificación de la relación de puestos de trabajo de la Policía Local, así como sus normas de gestión. En diciembre de 2009, la Junta de Gobierno Local -tras haber negociado con los trabajadores- aprobó cambiar la clasificación a los agentes de la Policía Local, del nivel C2, el de auxiliar administrativo, al C1, que es el de administrativo, para incrementar su salario y que pudiesen cobrar unos 83 euros más al mes.

En ese acuerdo, se incluían también los incrementos de los complementos, el de destino, que se haría efectivo a partir del ejercicio 2012, y el específico, a partir de 2013. Ese pacto, sin embargo, no se cumplió porque, estando el PP en María Pita y también en el Estado, el Ejecutivo central impidió su aplicación con la ley de estabilidad, aunque los representantes sindicales insistieron en que no se trataba de un aumento de sueldo.

Esto provocó que los agentes de la Policía Local hiciesen protestas, tanto en el mandato del PP en María Pita como con Marea Atlántica. Fue en junio del año pasado cuando, finalmente, Concello y 092 llegaron a un acuerdo acuerd para que los agentes pudiesen recibir los aumentos comprometidos.

Para ello, según consta en el fallo, el interventor municipal formuló reparos a las nóminas que recibieron los agentes tras el acuerdo y también se tramitó una modificación de los puestos de trabajo que, finalmente, con los informes favorables de la asesoría jurídica se aprueba en agosto de 2018. El sindicato CSIF mostró ayer su "satisfacción" por la sentencia. "El juez, citando numerosa jurisprudencia, deja claro que la legitimidad de un sindicato es amplia, pero ha de serlo principalmente para defender o proteger a los trabajadores, no para ir en contra de ellos como hizo CIG en este caso", comentó el CSIF. Contra la sentencia todavía cabe recurso, por lo que no es firme.

En el fallo, el juez entiende que los demás trabajadores municipales no se veían perjudicados por el incremento de las retribuciones de los miembros de la Policía Local, por lo que desestima el recurso presentado por la central sindical.