Un ciclista sufrió heridas tras una caída en octubre de 2016 en la carretera provincial DP-3203 que va de Burricios a Teixeiro en Oza-Cesuras y presentó una reclamación patrimonial a la Diputación, que la rechazó en 2018, pero ahora el Consello Consultivo ha informado desfavorablemente esta decisión y resuelve que procede estimar la solicitud del herido.

El Consultivo considera que debe ser indemnizado en 3.794 euros por las lesiones sufridas y en cuanto a los daños materiales, apunta que se debería comprobar cuánto cuesta una bicicleta nueva idéntica, debido al elevado importe del arreglo de la accidentada, 1.657 euros, a la hora de abonar también indemnización por este concepto. No admitió indemnización por los daños en la ropa deportiva por no poder probar que la factura se correspondía con la equipación con la que tuvo el accidente. El ciclista había solicitado en total una indemnización de 16.794 euros.

El demandante, con licencia de la Federación Galega de Ciclismo, se cayó a la calzada en esta zona en octubre de 2016, al resbalar en una curva descendente y según afirmó, por culpa de la abundante grava que había en la carretera y que no estaba señalizada. Sufrió heridas y molestias varios días en una rodilla y en un hombro, y le quedó en ellas dolor como secuela.

Desde la Diputación se rechazó la demanda patrimonial en junio de 2018 y tras presentar alegaciones el herido, en enero de este año el organismo provincial se ratificó y luego envió el expediente al Consello Consultivo, que le quita ahora la razón. La Diputación afirmó que los daños y pérdidas del ciclista fueron por su culpa, por no llevar una velocidad adecuada a las circunstancias de la vía y de forma subsidiaria, culpó a la empresa que había realizado trabajos de conservación del asfalto en las cercanías.

El Consultivo tuvo en cuenta el informe de la Guardia Civil que constató que efectivamente existía grava no señalizada en todo lo largo de la calzada. Apunta sin embargo que era un día despejado y el ciclista debería de haber visto fácilmente la gravilla si iba a velocidad adecuada, por lo que admite también en parte la alegación de la Diputación y por eso reduce a la mitad la indemnización por los daños personales, de 7.589 a 3.794 euros. Es decir, entiende que los dos fueron responsables en parte. Este órgano rechaza el argumento de desplazar la responsabilidad a la empresa contratista porque se comprobó que los trabajos que realizó empezaban cien metros más adelante de donde se produjo el siniestro.