La Audiencia Provincial ha rebajado la pena a un conductor condenado por circular sin carné, que le había sido retirado tras perder todos los puntos. Los jueces estiman el recurso presentado por el condenado contra una sentencia anterior y rebajan la condena porque "no hay trazas de un concreto menoscabo al bien de la seguridad vial" y porque la distancia que el penado, con discapacidad, debía recorrer para acudir a sus puestos de trabajo "desesperaría a cualquiera" en caso de tener que realizarla a pie.

El fallo judicial corrobora la condena por un delito contra la seguridad vial e impone una multa de 18 meses y un día con una cuota diaria de tres euros, frente a los 40 días de trabajos en beneficio de la comunidad de las dos condenas anteriores. La Audiencia dicta que la pena "debe guardar relación con el grado de culpabilidad y gravedad del hecho, con respecto a los principios de proporcionalidad y acusatorio" y falla que "la gravedad del hecho es relativamente menor" por no haber supuesto un peligro para la seguridad vial y por la dificultad del penado, "cuya minusvalía está reconocida", para trasladarse sin vehículo a sus puestos de trabajo, lejos de su domicilio.

El fallo judicial concreta que el condenado reside en la zona de Os Mallos y debe desplazarse "a sus dos centros de trabajo en Eirís y Monte Alto". "No es que sea gravosa por razón de su minusvalía, es que desesperaría a cualquiera. Ello no disculpa el hecho, pero sí atempera su gravedad", fallan los jueces.

En cuanto a la pena que impone al condenado, la Audiencia Provincial opta por "imponer una pena menos aflictiva, como la de la multa, en la extensión de 18 meses y un día por concurrir la agravante de reincidencia", reza la sentencia. Dicta que "a los modestos ingresos del acusado y sus circunstancias, es proporcional una cuota diaria de tres euros".

En el recurso contra la sentencia anterior, del Juzgado de lo Penal número 6 de A Coruña, el condenado discutía "únicamente la imposición de una pena de 4 meses y 16 días de prisión" por conducir sin recurso con la agravante de reincidencia. El Ministerio Fiscal impugnó el recurso.

Insulta a la Policía Local

Un hombre ha sido denunciado por un doble delito contra la ley de protección de la seguridad ciudadana por dirigirse con "expresiones insultantes" a una patrulla de la Policía Local que realizaba un control y por negarse a ser identificado. El hombre, de 64 años, se dirigió a los agentes cuando comprobaban la documentación de un vehículo con el que él no tenía relación. La Policía Local lo identificó "por interrumpir y entorpecer la labor policial". Se negó en un primer momento a identificarse para acceder después, "mientras seguía con menosprecios hacia los agentes".