La anulación del contrato para organizar la feria taurina decidida por el Concello en junio de 2015 aún no es un trámite cerrado. Tras el recurso judicial de la empresa concesionaria llegó la sentencia, favorable para la administración local, en abril del año pasado. Pero ese mismo fallo advertía de la necesidad de acordar la indemnización entre ambas partes que aún está en trámites. El Ayuntamiento acaba de rebajar a la mitad la pretensión económica de la empresa. Si esta aportaba una lista de gastos de más de 74.000 euros, la asesoría jurídica deja la compensación en poco más de 31.000 euros. Y, de las cuatro facturas que acepta „de las diez reclamadas„, pide a Tauro Siglo XXI que justifique los pagos para poder hacer efectivo el abono.

La compañía presentó al Concello una petición de indemnización de 74.413,54 euros en concepto de uniformes, cartelería, viajes desde Madrid, certificado de calidad o prevención de emergencias, nóminas, el cuidado de los toros o la factura del letrado que ejercía su defensa en este asunto. La sentencia de Contencioso-Administrativo número 2 de A Coruña, recuerda el expediente aprobado en el Instituto Municipal Coruña Espectáculos (IMCE), alertaba de que solo se deberían abonar "daños efectivamente causados" y que estos requerían estar "acreditados tanto formal como sustantivamente". Además, añadía el fallo, los pagos pendientes "deberán datarse no mas allá del momento de conocer" la empresa concesionaria la decisión del Concello de resolver el contrato, que se marca en el 17 de junio de 2015.

Una vez estudiada la propuesta de la compañía, la asesoría jurídica municipal descarta, por no está justificada su necesidad de compensación, las facturas derivadas de la cartelería ni de la confección y entrega de uniformes así como del encargado de los animales. En el caso de los servicios del letrado, el informe del departamento añade que son "claramente indebidos y excesivos". "No era gasto necesario ni se ajusta a la cuantía", explican los abogados del Ayuntamiento coruñés.

El resto, que corresponden a los traslados entre Madrid y A Coruña, nóminas a personal de la empresa y a la empresa que se encargaba de la prevención integral de emergencia, y que suponía un requisito en el pliego de condiciones del concurso municipal, sí que serían imputables, explica el expediente, y ascenderían a un total de 31.981,69 euros. Eso sí, en la resolución del pasado 9 de mayo, el IMCE exige a la compañía que se acredite que fueron pagados y que correspondieron a la feria anterior a la anulación.

Otras dos facturas fueron emitidas a finales de junio y en julio, lo que significa, para el Concello, que no debe asumirse su compensación. El interventor municipal, que realiza un informe sobre el asunto, considera "correcta" la propuesta de indemnización, con las exclusiones indicadas.

Lucro cesante

Al margen del pago por estas facturas derivadas de la anulación de la feria, la sentencia ya reconoció un lucro cesante „es decir, el dinero que dejó de percibir la empresa por la cancelación del evento„ del 10% de la recaudación obtenida el año anterior, 2014, que ascendería a cerca de 14.000 euros, y que se sumaría a los poco más de 30.000 que reconoce ahora el Concello como daños.

El dictamen del juez niega, como pretendía el demandante, que la legislación obligue a las administraciones a fomentar la lidia y que, por tanto, no se pueda invocar el "interés general" para justificar que se resuelva el contrato. El magistrado afirmaba en el fallo que no se podía sostener la tesis de la empresa "que vendría a sintetizarse en una suerte de estatus privilegiado de la tauromaquia sobre las restantes manifestaciones culturales".