La alcaldesa de A Coruña, Inés Rey, se mostró ayer tajante respecto a la prohibición del baño en las aguas de O Parrote, vetado por el Concello y el Puerto desde este lunes e indicado en señales, aunque los bañistas habituales de la zona continúan nadando en el lugar. "No le tengo que decir a la gente adulta lo que tiene que hacer, pero el baño está prohibido y estaba prohibido antes, así se acordó por el Gobierno local anterior y la Autoridad Portuaria", comentó. La regidora evitó en cambio informar si el Ayuntamiento sancionará a quienes no respeten la señalización y, por tanto, incumplan una ley.

"Existe en España un derecho administrativo sancionador y un régimen legal y existe un Código Penal y normativa suficiente para que las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, así como los órganos administrativos con capacidad sancionadora para que adopten las medidas oportunas para que todas aquellas actitudes o actividades no permitidas bien sea por la legislación civil, administrativa o penal, no se produzcan", respondió Rey, sin mencionar expresamente si la Policía Local denunciaría el baño en O Parrote.

El Puerto y el Concello acordaron en abril la prohibición del baño en aguas portuarias, entre otras razones por la peligrosidad de la actitud de algunos bañistas al lanzarse al mar. Bañistas que suelen cruzar desde La Solana todos los días para refrescarse en O Parrote repitieron esta costumbre el martes y algunos se negaron a dejar de bañarse en la zona aunque ello acarree sancionesLa SolanaO Parrote. El Concello, según recordó ayer Rey, estudiará habilitar la zona al baño "en el futuro", siempre que haya medidas de seguridad y un puesto de socorrismo, la calidad del agua sea buena y exista una separación respecto a la zona de tránsito de embarcaciones o actividades portuarias.

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Concello y Puerto prohiben el baño en la zona de O Parrote

El Real Decreto 2/2011 por el que se aprueba la ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante establece en su artículo 72 los usos y actividades permitidas en el dominio público marítimo-terrestre, es decir, en las superficies (incluidas las láminas de agua) e instalaciones que competen a una autoridad portuaria. La norma admite usos comerciales, pesqueros, náutico-deportivos y complementarios o auxiliares de los anteriores. La natación o el baño de particulares no figura entre las actividades autorizadas. Con la ley en la mano, está prohibido por tanto bañarse en las aguas de O Parrote.

El veto no es inusual. Ayuntamientos de Asturias, Cantabria, País Vasco y Andalucía advierten desde hace años que el baño en aguas de dominio portuario de sus territorios no está autorizado. "El baño en las aguas portuarias de la zona de O Parrote es sancionable porque es una infracción que esta tipificada en la normativa legal vigente, la ley de Puertos, y le correspondería una sanción económica. Al ser una infracción de una ley la puede denunciar cualquier fuerza y cuerpo de seguridad estatal, autonómico o local, incluso personal de seguridad privada. El acta o denuncia debería de enviarse a la Autoridad Portuaria, por ser la competente para sancionarlo como una infracción administrativa", explica Germán Lago, presidente regional del sindicato policial SPP Galicia y exmiembro del Comité Consultivo de Seguridad del Puerto.