El pleno del próximo jueves, el primero del curso político, debatirá aprobar el proyecto del departamento de Planeamiento para ejecutar una sentencia judicial que obliga al Concello a rebajar la protección urbanística del número 27 del Cantón Pequeño, un edificio propiedad de los empresarios Manuel Jove y José Collazo. El fallo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) fue dictado en primavera del año pasado y ahora, si pasa el trámite plenario, se efectuará en el Plan Especial de Protección y Reforma Interior de la Ciudad Vieja y Pescadería (Pepri), donde se disminuirá el nivel de protección del inmueble.

El alto tribunal gallego aceptó hace más de un año el recurso de la propietaria del edificio, la sociedad Starcoproperty „presidida por Jove y con la vicepresidencia de Collazo y Modesto Rodríguez„ para que el Concello cambie el nivel de protección de estructural a ambiental, aceptando las alegaciones de la compañía, que consideraba que no estaba justificado el nivel 3 del catálogo de edificios, que busca conservar el patrimonio y restringe el tipo de obras y modificaciones que se puede hacer en las construcciones de la zona más antigua de la ciudad.

Los empresarios defendían que el edificio del Cantón Pequeño mantuviera el nivel marcado en el plan especial aprobado en 1998 „con el Gobierno municipal socialista„ y que reconocía que era un ejemplo de especial significación arquitectónica ambiental. En cambio, en la versión del plan urbanístico en su aprobación definitiva de enero del año 2015 „finalizado por el Ejecutivo municipal del Partido Popular„ aumentaba el valor de la construcción por tener, explicaba el documento, características singulares y de elevado valor arquitectónico.

La defensa de la compañía apuntaba que el edificio del número 28 de la misma calle, con el que comparte medianera, conservaba la protección ambiental, por lo que el criterio debía mantenerse también en el de su propiedad. Los jueces, finalmente, estimaron estas razones.

En la sentencia, los magistrados descartaron el argumento de la asesoría jurídica del Concello coruñés de que el sistema estructural vertical con muros de carga del inmueble del número 27 suponen un vestigio histórico de la ciudad medieval, al contrario que el número 28, y que el frente del edificio da al Camino Inglés. El fallo señala que las pruebas periciales y documentales practicadas concluyen que fue construido en 1990, por lo que su muro de carga, que da a la calle Arévalo, no puede ser considerado de origen medieval.

"La pertenencia [del edificio] a la zona B [habitada en la época romana] no es motivo suficiente para justificar el aumento del nivel de protección, dado que el edificio colindante pertenece al mismo sector", concluyen los magistrados del Tribunal Superior. Los jueces restan importancia a "que puedan (o no) existir restos arqueológicos bajo el muro o la casa" y a la vinculación al Camino Inglés.