Tres fachadas, plantas con más de 600 metros cuadrados de superficie, vistas abiertas al mar, con el sol todo el día en las ventanas, la garantía de que no te van a construir delante, y al lado de la plaza de María Pita. Estas son algunas de las características que hacen goloso para un operador inmobiliario el edificio completo, de hasta ocho plantas, de la congregación de las religiosas de María Inmaculada. Las especulaciones sobre su posible uso no han dejado de proliferar. Pisos de lujo, pisos turísticos, una residencia, un hotel. Este último es el que más ha sonado, porque además el fondo que lo compró en 2018 está especializado en hoteles. Fuentes del Gobierno local descartaron ayer que este inmueble pueda reconvertirse en un establecimiento hotelero "por tener uso dotacional".

Víctor Pérez, el consejero delegado de la compañía compradora del edificio, ASG Homes, declaraba el año pasado en una revista especializada del sector que aunque se centraban en conjuntos residenciales y hoteleros, también preveían diversificar e invertir en activos como residencias para mayores y apartamentos turísticos.

El Plan Especial de Protección y Reforma Interior (Pepri) de la Ciudad Vieja, aprobado en el 2015, es el planeamiento de aplicación a este edificio de las Inmaculadas y sido residencia femenina y colegio menor. El Pepri lo califica como dotacional de sistema local, privado, y con doble uso, religioso y asistencial y bienestar social, con un total de 884 metros cuadrados de superficie de ocupación en planta.

La normativa del planeamiento de la Ciudad Vieja dice que dentro del uso bienestar social y asistencial se incluyen entre otros: asistencia a la juventud, infancia y ancianos, personas con movilidad reducida, marginados y acogidas temporales. Dichos usos dotacionales son prioritarios.

El artículo 132 precisa sobre el uso dotacional que en las dotaciones privadas sociales, culturales, sanitarias o asistenciales, es compatible el uso comercial, de oficina y hostelero (este párrafo no figuraba en el documento de aprobación inicial del Pepri, se incluyó después). De esta forma, el uso compatible en el inmueble es el hostelero (restaurantes, bares, cafeterías), no el hotelero. En cuanto a un uso residencial, hotelero o pisos turísticos, sería necesario modificar el Pepri. El artículo 131, sobre uso terciario, dice que el uso hotelero es compatible en todo el ámbito del Pepri, pero se refiere a uso terciario, no al dotacional, que es la cualificación urbanística del edificio.